Extracto del Pliego del nº 2.757 Del 11 al 17 de junio de 2011 …
JOSÉ MANUEL BERNAL LLORENTE, liturgista | El pasado 13 de mayo, la Santa Sede hacía pública la instrucción Universae Ecclesiae, detallando la aplicación del Motu Proprio del 7 de julio de 2007 Summorum Pontificum sobre la nueva reglamentación para el uso de la liturgia romana vigente en 1962. Benedicto XVI confirmaba y ampliaba así la apertura que ya en 1988 (Ecclesia Dei afflicta) Juan Pablo II había concedido a los fieles que desearan seguir los ritos previos a las reformas del Concilio Vaticano II.
Estas páginas tratan de ser una aproximación crítica pero respetuosa al fondo que subyace en estos documentos: un intento sincero por devolver a ciertos grupos tradicionalistas al camino de la unidad que, sin embargo, no solo supone una peligrosa mano tendida a la vieja liturgia tridentina, sino un grave conflicto doctrinal.
Las últimos pasos dados por el Papa, aprobando nuevas normas que amplían y concretan el uso del rito litúrgico tridentino, me han causado una profunda tristeza. Me hago cargo perfectamente de la enorme carga de benevolencia y buena voluntad que han inspirado estas decisiones de Benedicto XVI, hondamente preocupado por salvaguardar a toda costa la unidad de la Iglesia.
Pero debo confesar que quienes hemos dedicado muchas horas y gastado muchas energías en animar la renovación litúrgica; quienes hemos sido testigos directos de los esfuerzos y sudores de los padres conciliares del Vaticano II para sacar a flote el documento trascendental de la constitución litúrgica (Sacrosanctum Concilium), con sus importantes logros y decisiones; quienes hemos seguido muy de cerca la reforma de los libros litúrgicos, llevada a cabo por los equipos de trabajo del Consilium después de promulgada esa constitución sobre la Sagrada Liturgia, empezando por el misal y siguiendo luego con los rituales y el breviario; quienes hemos vivido todos estos acontecimientos casi como protagonistas estamos profundamente asombrados, sin palabras y perplejos, al tomar contacto con estos escritos del actual Pontífice.
En las páginas que siguen voy a intentar una aproximación leal y cuidadosa al fondo que subyace en estos documentos, unos de Benedicto XVI y otros, los primeros, de Juan Pablo II. Deseo que este acercamiento crítico sea, al mismo tiempo, respetuoso y leal, libre y responsable. Después de señalar los diferentes documentos que han ido jalonando el desarrollo de los distintos acontecimientos, intentaré interpretarlos en el contexto histórico peculiar que los ha provocado y ofreceré una valoración crítica de la solución por la que ha optado la Santa Sede para resolver el conflicto.
Actuaciones de la Santa Sede
Las intervenciones de la Santa Sede para resolver el problema planteado en la Iglesia por los tradicionalistas de monseñor Marcel Lefebvre han venido apareciendo paulatinamente durante varios años. Estas intervenciones se han centrado siempre en la defensa y salvaguarda de la nueva liturgia restaurada y renovada a raíz del Concilio Vaticano
El documento decide la creación de una comisión con el fin de “facilitar la plena comunión eclesial de los sacerdotes, seminaristas, comunidades, religiosos o religiosas” (n. 6) vinculados de forma más o menos directa a los movimientos tradicionalistas liderados por el arzobispo Lefebvre. Esta comisión, llamada en adelante Ecclesia Dei, quedará vinculada a la Curia romana y su principal cometido consistirá en facilitar el camino a los disidentes para su vuelta a la comunión eclesial.
Sin entrar ahora en valoraciones críticas, sí que deseo señalar algunos de los puntos, a mi juicio más significativos, contenidos en el motu proprio. En primer lugar, hay que anotar una importante distinción introducida por el Papa para poder justificar el uso de los libros litúrgicos anteriores a la reforma del Vaticano II.
Distingue Benedicto XVI una “expresión ordinaria” del rito romano, que estaría representada por el misal de Pablo VI y los demás libros litúrgicos reformados, y otra “expresión extraordinaria” del mismo rito romano, representada en este caso por el misal romano tridentino y los demás libros litúrgicos anteriores al Vaticano II. Subraya el Papa que no se trata de dos ritos romanos diferentes, sino de uno solo y único rito susceptible de ser celebrado en su expresión ordinaria o en su expresión extraordinaria.
Culmina esta reflexión con una afirmación muy cabal, que a mí no deja de sorprenderme, al afirmar que el viejo misal romano reeditado en 1962 por Juan XXIII no fue abrogado nunca (art. 1).
En principio, el documento dispone que quienes optan por seguir el rito antiguo deben ajustarse a las condiciones y características de la liturgia preconciliar. Entre ellas, hay que destacar la vigencia de la lengua latina tal como se utiliza en esos libros. Es lógico. Solo abre la mano parcialmente para poder utilizar la lengua vernácula para proclamar las lecturas en la misa privada o para doblarla, después de haberla leído en latín, en las misas con asamblea. No deja de sorprender que uno pueda usar la lengua vernácula cuando celebra solo la misa y, en cambio, tenga que usar el latín en las misas celebradas con asistencia de fieles.
En el nº 2.757 de Vida Nueva. Si es usted suscriptor, puede acceder el Pliego íntegro desde aquí.
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