Aunque el rechazo de las expulsiones sumarias (conocidas coloquialmente como devoluciones en caliente) de personas migrantes en nuestras fronteras, en teoría, es un pilar en la política migratoria de la Unión Europea, la realidad es que en la mayoría de países receptores de los flujos migratorios este principio se incumple deliberadamente. Aunque ahora todo puede cambiar gracias a una sentencia judicial dirigida a España en lo que parece un claro tirón de orejas a nuestro país.
Concretamente, la sentencia fue emitida este pasado martes 3 de octubre por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, y rechaza la acción de nuestro Estado con la expulsión sumaria de dos personas llevada a cabo el 13 de agosto de 2014 en la frontera de Melilla.
El fallo apunta que ambas personas fueron devueltas a Marruecos “sin que se observaran las debidas garantías”, incurriéndose en “múltiples irregularidades”, como que se tratara de una acción “colectiva” o que se les impidiera “toda vía de recurso”. De este modo, aunque se trate de un caso muy concreto, queda patente que desde el TEDH se considera ilegal la práctica de la expulsión sumaria que sufren muchos inmigrantes en el paso a nuestro país por Ceuta y Melilla.
En un comunicado conjunto, la plataforma eclesial Migrantes Con Derechos, que integra a Cáritas, CONFER, el Sector Social de la Compañía de Jesús y Justicia y Paz, celebra el fallo de Estrasburgo. Así, las entidades cristianas reiteran que la expulsión sumaria es “una práctica que, de manera reiterada, hemos venido denunciado desde nuestras organizaciones y que, como ahora recoge la sentencia, vulnera los derechos de las personas migrantes”.
“Es importante señalar –se abunda en el comunicado– cómo la sentencia desmonta la pretensión del Gobierno de España, que entendía que las víctimas de la devolución no habían entrado en territorio español al ser rechazados mientras atravesaban los elementos de contención fronterizas, aplicando lo que denomina ‘concepto operativo de frontera’. En este sentido, afirma sin ambages que un Estado (España) no puede modificar unilateralmente las fronteras de su territorio con las de otro Estado (Marruecos) para responder a las necesidades de una situación concreta”.
Pese a todo, Migrantes Con Derechos denuncia que esta sentencia positiva solo ha sido posible por una situación excepcional, cuando lo natural sería que hubiera un dispositivo estructural que garantizara los derechos humanos en la frontera. “Llamamos la atención –se advierte– sobre el hecho de que este caso ha podido ser resuelto por el TEDH gracias al testimonio gráfico (un vídeo en el que se reconocía a los demandantes) recogido por periodistas que se encontraban en las inmediaciones. Desgraciadamente, se trata de una situación excepcional, puesto que las operaciones de contención en la frontera se producen fuera de los focos y sin testigos. De ahí la importancia de dar a conocer estos casos, que dan visibilidad a los peligros objetivos a los que se expone a las personas migrantes y refugiadas objeto de expulsiones sumarias”.
“Este fallo debe servir –se concluye– para erradicar por parte de los poderes públicos unas prácticas irregulares en materia de inmigración y derechos humanos, que, como confirma el Tribunal Europeo, no pueden tener cabida en un Estado miembro de la Unión Europea. Por todo ello, urgimos al Gobierno para que proceda a la derogación inmediata de lo previsto en la Disposición Adicional X de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España”.
Consultada por Vida Nueva, Isabel Cuenca, secretaria general de Justicia y Paz, una de las entidades promotoras de Migrantes Con Derechos, recalca que “es importante que exista jurisprudencia europea contra la práctica ilegal y cotidiana de las devoluciones en caliente de migrantes. Sirve de referente para impulsar la modificación de la Ley de Extranjería española, a fin de lograr un mayor respeto a los derechos reconocidos internacionalmente”.
“Aunque no se pueden testimoniar todos los casos que suceden –concluyen–, la posibilidad de reparar estas violaciones de derechos, como se reconoce en la actual sentencia del TEDH, constituye un signo de esperanza”.
Quien no parece conforme con la sentencia del TEDH es el presidente de Melilla, Juan José Imbroda, quien, en declaraciones al Faro de Melilla, asegura que, si el rechazo a las devoluciones en caliente se convierte en “dogma”, una alternativa sería “subir la valla” más metros para que así ningún inmigrante pueda sobrepasarla.