“Si como institución religiosa nos llega un recibo del IBI, paguemos y luego recurramos”, aconsejan expertos fiscales

  • Grupo Valía ha celebrado en la Fundación Pablo VI el Encuentro de Ecónomos, Gestores y Administradores
  • Los expertos responden ante la problemática de tributos locales exigidos a la Iglesia pese a estar exentos

Encuentro de Ecónomos, Gestores y Administradores de Instituciones Religiosas Grupo Valía

¿Qué debe hacer una institución religiosa cuando un ayuntamiento le gira un recibo del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)? “Si nos llega el recibo, primero paguemos y luego recurramos”, ha dejado claro Ana Malo, experta en tributación inmobiliaria, en el Encuentro General de Ecónomos, Gestores y Administradores de Instituciones Religiosas, impulsado por el Grupo Valía y celebrado hoy, 17 de octubre, en la Fundación Pablo VI en Madrid.

Malo ha indicado que, al entender que las entidades de Iglesia están exentas del tributo, existe el plazo de un mes para recurrir, desde que acaba el periodo voluntario de pago. “Debemos hacer el recurso de entrada, y yo pagaría, puesto que cuando llegue la fecha de pago es casi imposible que ya nos hayan contestado desde la administración correspondiente”, ha explicado. “Cuando nos contesten –ha proseguido–, si no nos dan la razón vamos a otra instancia”. 

En este sentido, ha intervenido también Isidro Sardina, experto en fiscalidad, quien ha recalcado que “si no se quiere hacer el pago y desembolsar el dinero, se puede avalar con la propia propiedad por las que nos requieren el pago del impuesto”. Esta es “una forma de no desprendernos de la cantidad solicitada y no perderemos nada, porque no podrán hacer uso del activo hasta que no haya una resolución final. Y, en caso desfavorable, simplemente pagamos y nuestra propiedad sigue a salvo”, ha comentado.

Pagar a avalar

Pagar o avalar son las dos opciones viables para ambos. Lo que no recomiendan los expertos es no hacer nada, puesto que la congregación o entidad puede aparecer como morosa ante la administración. De cualquier modo, Sardina ha aclarado que previo al envío del recibo, “el ayuntamiento envía una notificación del catastro, que cuenta con 15 días para ser reclamada. Y debemos hacerlo, porque mientras se resuelve no podrán girar ningún recibo”. Eso sí, “junto a ella envían una tasa de aproximadamente 60 euros que sí debemos pagar, porque tiene intereses”.

La intervención de Malo en la mesa redonda giró en torno a la problemática con los tributos locales, que, en ocasiones, no atienden a los Acuerdos con la Santa Sede o la Ley de Mecenazgo de 2002, en donde se recogen estas exenciones, que el Tribunal Supremo ha avalado con sentencias posteriores. Sobre los problemas que algunas administraciones locales le están planteando a la Iglesia, se ha preguntado quién gana más, “si la Iglesia por esas exenciones o el Estado por el ahorro que supone la prestación de servicios por estas instituciones”.

Por otro lado, Malo ha incidido en que debe existir un inventario de activos “perfectamente catalogado”. “Hay que verificar que todos los inmuebles estén convenientemente registrados y que se corresponda con el catastro, puesto que muchas veces se hacen obras sobre el terreno y lo que tenemos registrado es solo el terreno y no lo que hay encima”.

El origen del dinero

Bajo el paraguas del reciente documento vaticano sobre economía ‘Oeconomicae et pecuniariae quaestiones’, Luis Ruiz Apodaca, experto en dirección financiera, ha hecho partícipes al medio centenar de presentes la importancia de tener un control de los activos. “Ya sabemos cuál es nuestro fin, ahora controlemos el camino para conseguirlo”, ha destacado.

En este sentido, el director general de Grupo Valía, Alberto Alonso Regalado, ha afirmado que “nosotros no podemos gestionar como cualquier otros, porque lo tenemos que hacer de forma coherente con nuestra fe”. “Durante mucho tiempo, la Iglesia no se ha preocupado por el origen del dinero, de qué y de dónde viene”, ha expresado. Por eso, “debemos avanzar y mejorar en este sentido, no preocupándonos solo por el fin”.

Por su parte, el auditor Agustín Soler, ha incidido en la obligatoriedad de tener un manual interno de prevención de blanqueo de capitales. Puesto que las sanciones, revisadas el pasado 4 de octubre, han multiplicado su importe. Para las infracciones graves a instituciones se ha pasado del 5% del patrimonio al 10%. Pero no son solo las instituciones las que son multadas, “las personas que la administran también tienen que hacer frente a las multas y una no es excluyente de la otra”. Así, los gestores, de hacer frente a multas de 150.000 euros, con la revisión de este año se pasa a 5 millones.

Al respecto, el director general de Grupo Valía ha puesto un ejemplo concreto en el que se puede, sin querer, estar blanqueando capital. “Una familia peruana residente en Madrid le ingresa al párroco dinero para que este lo gire a su país. Eso, aunque se hace con la mejor fe del mundo, es blanqueo”, ha concluido.

Noticias relacionadas
Compartir