Tras la polémica sentencia del Tribunal Supremo que dio la razón a los bancos y falló que el cliente debía pagar el impuesto de las hipotecas, el Consejo de Ministros lanzó un órdago y aprobó ayer un Real Decreto que establece que será precisamente la banca quien tendrá que pagar dicho impuesto.
La medida, que entrará en vigor mañana, ha sido publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado, incluye un artículo en el apartado de exenciones por el que no estarán sujetas al impuesto aquellas “escrituras de préstamo con garantía hipotecaria en las que el prestatario sea alguna de las personas o entidades incluidas en la letra A) anterior”. ¿Y cuáles son estas entidades? Por un lado, el Estado y las Administraciones Públicas, incluyendo todas las entidades ligadas a ellas de beneficencia, educativas, culturales, científicas…
Además también estarán exentas tanto las entidades fundaciones benéficas y culturales, educativas, científicas o de previsión social, siempre que los cargos de patronos o representantes legales de los mismos sean gratuitos y rindan cuentas a la Administración. De esta manera, la banca tampoco tendrá que asumir este coste, cuando se trate de hipotecas que soliciten, por ejemplo los partidos políticos, los sindicatos, la Cruz Roja, la ONCE, la Iglesia, así como el resto de confesiones.
Lo cierto es que antes de que viera la luz la decisión del Supremo y la posterior modificación legal del Gobierno, estos mismos colectivos también estaban exentos del pago. Lo que sí se prevé a partir de ahora, es que precisamente estas entidades pueda permitir que los bancos les ofrezcan unas condiciones hipotecarias más ventajosas que a los particulares.