El papa Francisco endurece las leyes para prevenir y combatir los abusos a menores en el Vaticano. Así se ha hecho público hoy, 29 de marzo, mediante la publicación de la ‘Ley CCXCVII sobre la protección de menores y personas vulnerables del Estado de la Ciudad del Vaticano’, unas líneas guía –que se revisarán dentro de 3 años– y una carta apostólica en forma de ‘motu proprio’, con fecha del pasado 26 de marzo y que entrará en vigor a partir del 1 de junio. Así, el Papa obliga a hacer visible la legislación en materia de abusos en todas las oficinas vaticanas.
“La protección de menores y personas vulnerables es una parte integral del mensaje del Evangelio que la Iglesia y todos sus miembros están llamados a difundir en todo el mundo. De hecho, el mismo Cristo nos confió el cuidado y la protección de los más pequeños e indefensos: ‘El que acoge a un niño así en mi nombre, me recibe a mí’ (Mt 18, 5). Por lo tanto, todos tenemos el deber de acoger generosamente a los menores y las personas vulnerables y crear un ambiente seguro para ellos, tomando en primer lugar sus intereses. Esto requiere una conversión continua y profunda, en la que la santidad personal y el compromiso moral puedan contribuir a promover la credibilidad del anuncio del Evangelio y a renovar la misión educativa de la Iglesia”, reza el ‘motu proprio’.
El Papa recalca que le “gustaría fortalecer aún más el marco institucional y normativo para prevenir y combatir los abusos contra los niños y las personas vulnerables”. Porque quiere que en el Vaticano “todos sean conscientes del deber de denunciar los abusos a las autoridades competentes y de cooperar con ellas” y que “cualquier abuso sea efectivamente procesado”. Eso sí, atendiendo a la presunción de inocencia.
“Sin perjuicio del sello sacramental”, se obligará a “presentar, sin demora, una queja ante el promotor de justicia siempre que, en el ejercicio de sus funciones, tengan noticias o razones para creer que un niño o una persona vulnerable es víctima” de estos delitos.
La legislación recoge que “se ofrece asistencia espiritual, médica y social a las personas que han sufrido abusos, incluida la asistencia de urgencia terapéutica y psicológica, así como información útil de carácter legal, a través del Servicio de Acompañamiento de la Dirección de Salud e Higiene del Estado de la Ciudad del Vaticano”, que “ilustrará a la persona lesionada sus derechos y la forma de hacerlos cumplir” y “alentará a la persona lesionada a recurrir a la asistencia de consultores civiles y canónicos”.
Las leyes vaticanas establecen qué es un adulto vulnerable –”toda persona en estado de enfermedad, deficiencia física o mental o privación de libertad personal”– y lo equipara a los menores de edad. En relación al plazo de prescripción de estos delitos, el Vaticano no ha hecho ningún cambio y sigue siendo de 20 años después de que la víctima cumpla la mayoría de edad –18 años–. El papa Francisco también ha introducido multas para aquellos trabajadores vaticanos que “omitan o demoren indebidamente” las denuncias. Unas penas que oscilan entre los 1.000 y 5.000 euros.
Por otro lado, la legislación, en sus medidas generales de protección, recoge que, en los procesos penales, la persona lesionada “recibe información sobre los derechos y servicios a su disposición y, si se solicita, sobre los resultados de las fases individuales del procedimiento; sea informado de la adopción y terminación de cualquier disposición que restrinja la libertad personal, provisional o definitiva, del acusado; directamente o a través de su abogado, puede solicitar la realización de actividades de investigación específicas y solicitar ser escuchado”.
Jorge Mario Bergoglio crea la figura del ‘Referente para la protección de menores’. “El vicario general –actualmente Angelo Comastri– designa a un Referente para la protección de los menores que coordina y verifica la implementación de estas pautas para que, dentro de la Ciudad del Vaticano, se mantenga una comunidad respetuosa y consciente de los derechos y necesidades de los niños, y se cuide la prevención de cualquier forma de violencia o abuso”. Del mismo modo, “el Referente coordinará las actividades de prevención y capacitación de los trabajadores pastorales y se encargará especialmente de dar la bienvenida y acompañar a las personas que afirman haber sido víctimas de explotación, abuso sexual o maltrato, así como a sus familias”, según recogen las líneas guía.
Por otro lado, estas pautas prohiben “estrictamente” que los trabajadores pastorales “inflijan castigos corporales de cualquier tipo, establezcan una relación preferencial con un menor de edad, dejen a un niño en una situación potencialmente peligrosa debido a su seguridad mental o física, recurran a un menor de manera ofensiva o se involucren en conductas inapropiadas, discriminen a un menor o un grupo de niños, pidan a un niño que guarde un secreto, den regalos a un menor que discrimine al resto del grupo, fotografíen o filmen a un menor sin el consentimiento por escrito de sus padres o tutores y que publiquen o difundan, a través de la red o la red social, imágenes que reconozcan a un niño de una manera reconocible sin el consentimiento de los padres o tutores”. Además, “en la medida de lo posible, los trabajadores pastorales deben tener especial cuidado para asegurarse de que los menores no entren ni permanezcan en lugares ocultos a la vista o fuera de control”.
Por último, las líneas guía recogen también que “toda persona declarada culpable de cometer estos delitos será destituida de sus cargos y se le ofrecerá apoyo adecuado para la rehabilitación psicológica y espiritual, así como para fines de reintegración social”.