Cono Sur

Parlamento chileno discute obligar denuncias que rompen secreto de confesión





“Si un sacerdote viola el sigilo sacramental, recibe la grave pena de la excomunión. No hay legislación en el mundo que haya pasado a llevar este principio”, expresó el obispo Fernando Ramos, secretario general de la Conferencia Episcopal de Chile, al referirse al proyecto de ley que incluye a los religiosos en la obligación de denunciar “los delitos cometidos en contra de niños, niñas o adolescentes y en contra de personas que por su condición física o mental no se encuentren en condición de ejercitar por sí mismas sus derechos”.

Este proyecto de ley fue aprobado en primera instancia, por unanimidad, en la Cámara de Diputados. Ahora ha ingresado al Senado para su ratificación. Su contenido coloca a los religiosos al mismo nivel de los uniformados (policías y Fuerzas Armadas), fiscales, funcionarios públicos, jefes de hospitales, clínicas y planteles educacionales indicados en el Artículo 175 del Código de Procedimiento Penal, artículo que sería modificado si se aprueba este proyecto, agregándose a “las autoridades eclesiásticas de cualquier confesión religiosa, sea de derecho público o derecho privado, y, en general los obispos, pastores, ministros de culto, diáconos, sacerdotes, religiosas u otras personas que conforme a las reglas de cada denominación religiosa detenten algún grado de autoridad sobre una congregación o grupo de personas en razón de la práctica de alguna creencia; los directivos de asociaciones, fundaciones o agrupaciones de carácter cultural, juvenil, educativa, deportiva o de otra índole”.

La Cámara de Diputados rechazó la indicación presentada desde la Iglesia que eximía la denuncia de los delitos que los religiosos conociesen en el contexto de una confesión.

El secreto de la confesión

 El obispo Ramos explicó que “la Iglesia apoya las iniciativas que ayuden a hacer justicia sobre abusos. En consecuencia, la obligatoriedad de denunciar parece razonable en todos los ámbitos donde hay presencia de menores de edad, incluidos los religiosos”. En ese contexto recordó que la Conferencia Episcopal está preparando un acuerdo de colaboración con la Fiscalía Nacional para abordar en conjunto los casos de abusos cometidos por integrantes de la Iglesia.

Sin embargo, Ramos indicó que “el único asunto que presenta una seria dificultad es el tema particular del sigilo en la confesión, que para la Iglesia universal es un sacramento y, por siguiente, un acto de culto que está resguardado por la legislación chilena, específicamente por el Código Penal. Si un sacerdote viola el sigilo sacramental, recibe la grave pena de la excomunión. No hay legislación en el mundo que haya pasado a llevar este principio”, dijo.

En marzo pasado, en su discurso a los participantes en el curso de la Penitenciaría Apostólica, el Papa Francisco se refirió al secreto de confesión: “El sello sacramental es indispensable y ningún poder humano tiene jurisdicción, ni puede reclamar, sobre él”, dijo. “Es indispensable para la santidad del sacramento y para la libertad de conciencia del penitente, que debe estar seguro, en cualquier momento, de que el coloquio sacramental permanecerá en el secreto del confesionario, entre su conciencia que se abre a la gracia y Dios, con la mediación necesaria del sacerdote”, afirmó el Francisco.

En Chile, José Antonio Viera-Gallo, ex senador y diplomático, ha mostrado que en este tema colisiona la legislación civil chilena con el Derecho Canónico. “En la Ley de Culto (chilena), señaló, se dice que la vida interna de cada iglesia se rige por los estatutos de la propia iglesia. Acá es el Derecho Canónico. Así es que hay que ver cómo se compatibiliza, si es que lo hace, esta nueva propuesta con el Derecho Canónico y la Ley de Culto”.

Varios obispos han reiterado que en la Iglesia hay consenso respecto de la necesidad de colaborar con la justicia y brindar adecuada protección a menores, sin embargo este sacramento, aseguran, es inviolable. Ahora está en manos del Senado esta decisión.

 

 

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