El papa Francisco “ha erigido la Provincia Eclesiástica de Florencia, elevando a Iglesia Metropolitana la diócesis de Florencia”, en la Amazonía colombiana, al sur occidente del país.
Así lo ha anunciado la Sala de Prensa de la Santa Sede y la Conferencia Episcopal de Colombia (CEC) –simultáneamente–, el sábado 13 de julio, detallando que el Papa ha nombrado al obispo de Florencia, Ómar de Jesús Mejía Giraldo, como primer arzobispo de Florencia.
Pastor en la ‘puerta de la Amazonía’
A sus 53 años de edad, Mejía Giraldo ha orientado y acompañando a la Iglesia caqueteña desde hace seis años, cuando asumió el pastoreo de la diócesis de Florencia, el 11 de julio de 2013, en la ‘puerta de la Amazonía colombiana’.
Nacido en El Sanuario, municipio antioqueño perteneciente a la diócesis de Sonsón-Rionegro, monseñor Ómar estudió filosofía y teología en el Seminario Mayor Nacional ‘Cristo Sacerdote’ de La Ceja, y fue ordenado sacerdote el 16 de noviembre de 1991.
El nuevo arzobispo de Florencia es licenciado en filosofía y ciencias religiosas de la Universidad Católica de Oriente, y licenciado en teología dogmática de la Pontificia Universidad Gregoriana de Roma.
Antes de su llegada a esta región amazónica, había sido vicario parroquial, delegado diocesano de pastoral juvenil y vocacional, y director del departamento de pastoral de la Universidad Católica de Oriente. También fue formador en el Seminario de La Ceja, donde posteriormente prestó sus servicios como vicerrector y rector.
Diócesis sufragáneas
La Santa Sede también ha especificado –en el mismo comunicado– que en adelante serán sufragáneas la diócesis de Mocoa-Sibundoy –hasta ahora perteneciente a la Provincia de Popayán–, lo mismo que la diócesis de San Vicente del Caguán, que el pasado 30 de mayo había dejado de ser vicariato apostólico y era sufragánea de la Iglesia Metropolitana de Ibagué.
Por otra parte, si bien es cierto que los vicariatos de Puerto Leguízamo-Solano, Leticia, Mitú e Inírida “no pueden considerarse entre las sedes sufragéneas, sino que permanecerán sujetos directamente a la Santa Sede (‘inmediate subiecti Sanctae Sedi’), el secretario general de la CEC, Elkin Álvarez, ha señalado que “nada prohíbe, de todos modos, que sean invitados a participar en las reuniones de los obispos de la Provincia Eclesiástica, pero sin derecho a voto deliberativo”.