El Gobierno de Pedro Sánchez ha dado una vuelta de tuerca a las medidas relativas a la celebraciones religiosas. Así lo recoge el Boletín Oficial del Estado en el artículo 9 del capítulo VIII dedicado a la “flexibilización de medidas de carácter social” para las regiones que a partir del lunes entren en la fase 1 del “Plan para la transición hacia una nueva normalidad”.
Aunque en líneas generales el protocolo elaborado por la Conferencia Episcopal coincide con la normativa aprobada por Moncloa, el Ejecutivo sí ha endurecido algunos aspectos. Por ejemplo, directamente se prohíben los coros. En las medidas episcopales se planteaba como recomendación “evitar los coros”, si bien de dejaba la posibilidad de “un solo cantor o algunas voces individuales y algún instrumento”.
En esta misma línea, el documento de los obispos no hacía ninguna referencia a las celebraciones al aire libre y algunas diócesis como la de Getafe, siguiendo el planteamiento de la Iglesia alemana, promovía las llamadas misas de campo, por considerar que al no celebrarse en un recinto cerrado, se reduciría el riesgo de contagio. Sin embargo, el BOE señala expresamente que “no se podrá utilizar el exterior de los edificios ni la vía pública para la celebración de actos de culto”.
“Se limitará al menor tiempo posible la duración de los encuentros o celebraciones”, incluyen el Gobierno, lo que podría traducirse en el caso de la Iglesia en limitar las lecturas dominicales, tal y como hace el Papa en sus misas de Santa Marta, y predicar homilías ‘exprés’. En este capítulo de recomendaciones en el que llama a evitar tanto el contacto personal -desde marzo, en España se suspendió motu proprio el saludo de la paz- , la distribución de cualquier tipo de libros y folletos, y se incide en la prohibición de besar o toca objetos de devoción.
En Boletín Oficial del Estado recuerda que se debe mantener un tercio del aforo así como las medidas higiénicas. En este sentido, aterriza todavía más en cómo ha de ser la distribución en las parroquias. Es más exige que “el aforo máximo deberá publicarse en lugar visible del espacio destinado al culto”.
Si los obispos simplemente apelaban a respetar “las distancia de seguridad”, el Gobierno hila más fino en caso de que “el aforo máximo no estuviera claramente determinado”:
Sin dejar margen a la improvisación, desde el Ministerio de Sanidad se explicita que siempre se ha de mantener “un metro entre las personas”. Además, llama a evitar “agrupaciones de personas en los accesos o inmediaciones” de los templos. De la misma manera, se solicita la colaboración para distribuir a los asistentes en los lugares de culto.
En lo que a los actos en sí, el Ejecutivo se suma a la petición del “uso de mascarilla con carácter general”, facilitar geles hidroalcohólicos a la entrada, insta a desinfectar los espacios “antes de cada reunión o celebración”. Esta decisión podría tener consecuencias directas a la hora de mantener abiertos los templos a lo largo del día pues exigiría una persona casi de forma permanente para garantizar que el espacio no está contaminado. De la misma manera, tampoco se aclara si esta desinfección tendrá que hacerse con ozono o será suficiente con las “disoluciones de lejía” que se apuntan en el propio BOE para cualquier actividad económica y centros educativos. Todo esto limitaría, por ejemplo, celebrar una misa cada hora en caso de que haya que acometer una desinfección exhaustiva.
“Se reiterará la desinfección de los objetos que se tocan con mayor frecuencia”, recoge el BOE, un aspecto que sí ha desarrollado de una forma exhaustiva tanto la Conferencia Episcopal como los diferentes obispados tanto para las eucaristías como para bodas, bautizos, confirmaciones… Basta recordar, por ejemplo, que, a partir de ahora, en la celebración de los matrimonios solo los novios tocarán las arras y los anillos.
Vinculado al hecho religioso, el artículo 8 del capítulo VIII también ahonda en cómo han de ser los velatorios y entierros de la fase 1. “La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de quince personas, entre familiares y allegados”, se puede leer en el BOE. A la hora de contar no se incluiría “el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto”.
“En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias”, apunta, recordando la distancia mínima de dos metros, higiene de manos y la etiqueta respiratoria. Sobre los velatorios, también estarán restringidos a quince personas.