La Audiencia de Barcelona ha acordado mantener en libertad al exprofesor de la escuela de maristas de Barcelona, Joaquín Benítez, hasta que sea firme la sentencia que en abril de 2019 le condenó a 21 años y nueve meses de cárcel por abusar sexualmente de cuatro alumnos, tal como informa EFE.
En el auto, la Sección 21 de la Audiencia de Barcelona rechaza la petición planteada en una vista la Fiscalía celebrada la semana pasada, en la que las acusaciones particular y popular instaban a que Benítez ingresara de forma inmediata en prisión para cumplir condena. Y es que la sala no aprecia “razones objetivas”, argumentando que las medidas cautelares para evitar su huida “se han mostrado eficaces hasta la fecha”.
Benítez permanece en libertad provisional después de que la Audiencia de Barcelona lo acordara así en mayo de 2019, al entender que había cumplido sin incidencias con todas las medidas cautelares —comparecencias periódicas en comisaría, prohibición de salir de España y de tratar con menores— que se le impusieron en febrero de 2016, cuando compareció como investigado ante el juez.
Asimismo, el tribunal recuerda que Benítez ha comparecido en el juzgado “cuantas veces ha sido llamado”, un hecho que considera “especialmente relevante” tras haber admitido los hechos públicamente. “El fin legítimo de la medida de prisión sería hoy en día el único vigente, pues celebrado el juicio y dictada sentencia decae por su peso el riesgo de destrucción u ocultación de pruebas”, sostiene el auto, según el cual la prisión “no puede transformarse en una pena privativa de libertad anticipada”.
Por otra parte, la Audiencia no cree que Benítez pudiera volver a delinquir antes de entrar en prisión. “La comisión de hechos hace más de diez años, que son aquellos por los que ha sido condenado, u otros más antiguos, no permite por sí hacer una proyección de futuro”, apostillan los magistrados antes de agregar: “Una medida concreta como la solicitada no puede apoyarse en previsiones abstractas”.
Además, el documento subraya que las medidas de alejamiento y prohibición de comunicación con las víctimas “se han mostrado suficientes”, ya que Benítez no las ha infringido y tampoco se ha manifestado que el condenado “tenga o pueda tener relación con menores concretos”.