El nuncio apostólico en México, Franco Coppola, anunció este domingo 20 de septiembre que debido a que la pandemia no permitió que el pueblo de México participara debidamente del Año Jubilar Guadalupano-Plancartino -concedido por el papa Francisco del 8 de septiembre de 2019 al 12 de octubre de 2020-, el Santo Padre decidió extender un año más la vigencia de este periodo que contempla la indulgencia plenaria.
- LEE Y DESCARGA: ‘Un plan para resucitar’, la meditación del papa Francisco para Vida Nueva (PDF)
- Regístrate en el boletín gratuito y recibe un avance de los contenidos
En septiembre del año pasado, la Basílica de Guadalupe difundió el decreto que el penitenciario mayor del Vaticano, cardenal Mauro Piacenza, y el regente de la penitenciaría apostólica, Christophorus Nykiel dirigieron entonces al cardenal Carlos Aguiar Retes, arzobispo de México y custodio de la tilma de la Virgen de Guadalupe.
Dicho decreto explicaba que debido a que el 12 de octubre de 2020 la Iglesia en México estaría celebrando 125 años de que la Virgen de Guadalupe fuera coronada con la venia del papa León XIII en 1895, Francisco concedía un año jubilar con la respectiva indulgencia plenaria, a manera de preparación para este acontecimiento.
Un segundo decreto
De acuerdo con el segundo decreto de la Penitenciaría Apostólica leída por el nuncio apostólico este día desde el altar mayor de la Basílica de Guadalupe, fue el pasado 10 de septiembre cuando el cardenal Carlos Aguiar Retes, a través del rector de la Basílica de Guadalupe Salvador Martínez Ávila, solicitó la prórroga del año jubilar.
“Por mandato de Su Santidad el Papa Francisco –leyó Franco Coppola- por medio de las presentes, ahora prorroga hasta el día 12 de octubre de 2021, todos y cada uno de los beneficios espirituales, ya benévolamente concedidos, para el Año Jubilar Guadalupano Plancartino (…) que, lamentablemente, por un largo período no se pudo celebrar con el pueblo debido a la epidemia del ‘Covid-19′”.
“Ciertamente, de esta generosa prórroga por parte de la Iglesia los fieles sacarán los buenos propósitos y el vigor espiritual propios de una vida que busque reflejar la ley del Evangelio, en la comunión jerárquica y la devoción filial al Sumo Pontífice, fundamento visible de la Iglesia Católica, y al propio Obispo. Sin que obste nada en contrario. Dado en Roma, desde el palacio de la Penitenciaría Apostólica, el 14 de septiembre, en el año del Señor 2020. Mauro Cardenal Piacenza, Penitenciario Mayor, Cristóforo Nykyel, Regente”.
La Indulgencia Plenaria
El decreto leído este domingo por el Nuncio apostólico en México si bien sólo explica las razones del papa Francisco para prorrogar el año jubilar, hace referencia a los beneficios espirituales concedidos en el primer decreto y las condiciones necesarias para ganarlos.
El decreto anterior especifica los requisitos para la obtención de la indulgencia plenaria: “el día que los fieles elijan, habiendo asistido al Santo Sacrificio, con verdadero espíritu de arrepentimiento y caridad, y participando en el Sagrado Rito, se les concede la Bendición Apostólica, con la correspondiente Indulgencia Plenaria, lucrada según las acostumbradas condiciones de confesión sacramental, comunión Eucarística y oración por las intenciones del Romano Pontífice”.
También señala que los fieles laicos que, por alguna circunstancia razonable no puedan participar físicamente en los Sagrados Ritos en la Basílica de Guadalupe, pueden hacerlo a través de los medios de comunicación, y de esta manera recibir la bendición papal y la indulgencia plenaria.
Cabe mencionar que la Basílica de Guadalupe transmite diariamente la misa a través de internet en el siguiente enlace.