“Es necesario una evaluación más precisa de las causas subyacentes a las solicitudes de separación en sus diversas formas, ya sea en ausencia, exclaustración o salida definitiva de los institutos”. Así lo ha expresado Luigi Sabbarese, profesor de la Pontificia Universidad Urbaniana, en la presentación del documento de la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica (CIVCSVA), titulado ‘El don de la fidelidad. La alegría de la perseverancia’, que ha tenido lugar hoy, 10 de diciembre, y ha sido retransmitido desde el Auditorium Antonianum.
Sabbarese ha defendido que “los superiores deben hacer un discernimiento más profundo” sobre las causas de abandono, así como de “las posibilidades reales de superarlas para poder sugerir a los religiosos interesados en estas vías el modo más adecuado canónicamente de afrontar la situación personal particular, con vistas de volver al estado religioso o, eventualmente, a una salida definitiva”.
De esta manera, en su conferencia, titulada ‘Discernimiento y acompañamiento: itinerarios normativos y práxis’ ha reflexionado sobre los aspectos legales de los abandonos en la Vida Consagrada, subrayando que, en estos procesos de separación de los institutos, “es necesario un atento ejercicio de acompañamiento”.
Asimismo, ha apuntado las diferencias entre las reglas y las constituciones, dependiendo de cada instituto, y, del mismo modo, la variación de sus mecanismos para afrontar estos procesos. “En cuanto al concepto de práxis, la literatura canónica está bastante ausente y, cuando está presente, no es muy homogénea“, ha apuntado el profesor.
“La noción de práxis no está vinculado únicamente al contexto de las lagunas legales”, ha afirmado, apoyando que esta “debería configurarse, cada vez más, como una modalidad continua que resuelve cuestiones de gobierno, que son responsabilidad de una autoridad”.
En cuanto a los diferentes modos de desvinculación con los insitutos, Sabbarese ha indicado que, para que la ausencia sea legítima, “debe haber motivos específicos, y siempre deben ser de duración determinada en el tiempo”. Asimismo, ha recordado que, cuando un miembro de un instituto se desvincula del mismo, se debe “informar al obispo”.