Las organizaciones civiles o fideicomisos que cuentan con autorización para recibir donativos podrían desaparecer como consecuencia de los cambios fiscales en México para 2021, advirtieron especialistas en la materia.
- DOCUMENTO: Texto íntegro de la encíclica ‘Fratelli Tutti’ del papa Francisco (PDF)
- LEE Y DESCARGA: ‘Un plan para resucitar’, la meditación del papa Francisco para Vida Nueva (PDF)
- Regístrate en el boletín gratuito y recibe un avance de los contenidos
Esto, podría afectar de forma directa a entidades eclesiales que reciben donativos para realizar acciones de caridad a favor de grupos vulnerables.
Las contadoras públicas Vanessa Barrera y Virginia Ríos, convocadas por la Provincia Mexicana de la Compañía de Jesús, participaron en el foro “Cambios fiscales que afectan a las donatarias autorizadas”, en el que expusieron en qué consiste la reforma fiscal para este 2021.
Durante su exposición, dieron a conocer elementos jurídicos y contables que requieren ser tomados en cuenta para seguir realizando actividades como donataria autorizada.
Entre los cambios a la Reforma Fiscal 2021 se encuentra el que una donataria perderá su autorización como tal si sus ingresos por otras actividades son mayores al 50% del total de tus ingresos.
Además –dijeron– si la autorización como donataria es revocada, la entidad deberá donar su patrimonio a otra entidad que sí sea donataria y, en algunos casos, salir del Título III para pasar al Título II.
Al respecto, recomendaron a las donatarias “estar constantemente revisando y tratando de cumplir con todos los requisitos para no ubicarnos en ese supuesto, no caigamos en el tema de que nos revoquen la autorización, que no la podamos renovar y que en automático se pierda el patrimonio de la institución que cuenta con la autorización”.
Ejemplificaron con una institución educativa; en este caso, se debe cuidar de no rebasar los ingresos a través de cafetería o fotocopias, pues no serían su objeto social y de exceder el 50% permitido, pues en automático podrían las autoridades revocar la autorización.
La contadora Ríos detalló que ese tipo de gastos tendrían que reportarse como otros ingresos no relacionados, con obligación de pago de Impuesto sobre la Renta.
Las donatarias, solo administradoras del patrimonio
Para las contadoras, con las reformas, la autoridad está “buscando utilizar a las donatarias para que ellas sean sus ojos con aquellos contribuyentes con los que interactúan; están usando a las donatarias autorizadas como revisoras o auditores”.
Por otro lado, alertaron que las instituciones que pretenden ser donatarias deben evaluar el tema del patrimonio que tienen, pues se debe procurar “no tener tanto patrimonio dentro de la donataria autorizada y buscar, por ejemplo, si tienes bienes inmuebles, que esos bienes inmuebles sean de alguien más, aunque te los estén rentando”.
Finalmente, la contadora Barrera recomendó estar muy atentos a todos esos cumplimientos “y sobre todo establecer medidas de control y estar cumpliendo con las obligaciones fiscales”.
La contadora Ríos añadió que también es prudente “revisar estatutos de las donatarias; estar muy conscientes de que desde el momento en que decidieron ser donatarias ya estaban decidiendo ser simplemente administradoras del patrimonio porque desde la escritura constitutiva se tuvo que haber puesto que al momento de la liquidación todo el patrimonio tenía que donarse a otra donataria”.
Cabe mencionar que hasta agosto del 2019 se tenía un registro de 9,366 donatarias autorizadas para recibir donativos deducibles de impuestos sobre la renta.