El Papa modifica las leyes del Vaticano: cardenales y obispos ya puedan ser juzgados penalmente

  • Hasta ahora comparecían ante el Tribunal de Casación presidido por otro purpurado
  • Francisco da un nuevo vuelco a la justicia vaticana y sitúa a todos en igualdad ante la ley

El papa Francisco en su mensaje de Navidad a la curia romana

Los cardenales y los obispos ya pueden ser juzgados penalmente en el Vaticano. El papa Francisco modifica la legislación vía ‘motu proprio’ lanzando un claro mensaje: todos somos iguales ante la ley. Y es que, hasta ahora, los purpurados y mitrados comparecían ante el Tribunal de Casación que estaba presidido por otro cardenal.



El Pontífice retira de esta manera un privilegio a cardenales y obispos perdiendo esta inmunidad a la vía penal. Ahora quienes sean acusados de delitos penales por los magistrados del Vaticano, si son enviados a juicio, serán juzgados por el Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano, como cualquier otro.

No obstante, el ‘motu proprio’ que modifica el ordenamiento jurídico del Estado vaticano, no cambia la necesidad de la autorización previa del Pontífice para llevar a juicio a cardenales y obispos.

Apoyado en el Concilio Vaticano II

Para tomar esta decisión, Jorge Mario Bergoglio se apoya en la constituciones conciliares ‘Lumen Gentiun’ y ‘Gaudium et spes’ para recordar que en la Iglesia debe primar una verdadera igualdad.

El Papa justifica su decisión incidiendo en lo que ya explicó en la inauguración del año judicial en el Vaticano el pasado 27 de marzo. Entonces, señaló la “necesidad prioritaria de que, también mediante los oportunos cambios normativos, en el actual sistema procesal aflore la igualdad de todos los miembros de la Iglesia y su igual dignidad y posición, sin privilegios que se remontan a otros tiempos que ya no están en consonancia con las responsabilidades que le corresponden a cada uno en la edificación de la Iglesia”.

De este modo, los cardenales y obispos enviados a juicio por delitos penales comunes (no relacionados con la violación de las leyes eclesiásticas reguladas por el Derecho Canónico) serán juzgados por esta vía.

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