El Vaticano reforma su derecho penal. El Pontificio Consejo para los Textos Legislativos ha hecho público hoy la revisión del Libro VI del Código de Derecho Canónico, que tipifica las sanciones para los delitos cometidos dentro de la comunidad católica; entre ellos los económicos y los abusos sexuales contra menores, que ahora son considerados “delitos contra la vida, la dignidad y la libertad del hombre”.
- DOCUMENTOS: Constitución apostólica ‘Pascite gregem dei’ del papa Francisco con la que se reforma el Libro VI del Código de Derecho Canónico – texto íntegro español
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“El texto resulta mejorado, también desde el punto de vista técnico, sobre todo por lo que se refiere a algunos aspectos fundamentales del derecho penal, como por ejemplo el derecho a la defensa, la prescripción de la acción criminal y penal, una más clara determinación de las penas, que responde a las exigencias de la legalidad penal y ofrece a los ordinarios y a los jueces criterios objetivos a la ahora de individuar la sanción más adecuada para aplicar en cada caso concreto”, explica el papa Francisco en la constitución apostólica ‘Pascite gregem dei’.
El Pontífice justifica esta reforma, que entrará en vigor el próximo 8 de diciembre, porque “no puede haber misericordia sin corrección”, por eso, los obispos y superiores generales tendrán ahora menos margen para decidir si aplican o no penas canónicas y el tipo concreto.
Más de una década de trabajo
La reformulación del texto promulgado por Juan Pablo II en 1983 es el resultado de un trabajo de más de una década solicitado por Benedicto XVI y que ha continuado Francisco. El Vaticano da a luz ahora a este texto que ha sido revisado por todas las conferencias episcopales, los dicasterios de la Curia y diversos canonistas de medio mundo antes de aprobarse en la Asamblea Plenaria del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos celebrada en febrero.
La principal novedad es el canon específico para los delitos contra menores cometidos por sacerdotes. La modificación, propuesta por el cardenal Vincent Nichols, arzobispo de Westminster y presidente de la Conferencia Episcopal de Inglaterra y Gales, se incluye ahora en un título denominado ‘Delitos contra la vida, la dignidad y la libertad del hombre’.
Otra de las claves del nuevo Libro VI es que pone el foco en los delitos de tipo patrimonial. Hasta el momento, el derecho canónico preveía fundamentalmente castigos para los clérigos que cometieran algún delito con la gestión del patrimonio eclesiástico, mientras que ahora se incluyen también los delitos que no estén relacionados directamente con la Iglesia católica.
Una reforma “necesaria”
Según explica el Papa en su constitución, “teniendo que organizar la vida de la comunidad en su devenir temporal, las normas necesitan estar en permanente correlación con los cambios sociales y con las nuevas exigencias que aparecen en el Pueblo de Dios, lo que obliga en ocasiones a rectificarlas y adaptarlas a las situaciones cambiantes”.
Y continúa: “Era necesario modificarla de modo que permitiera su empleo a los pastores como ágil instrumento saludable y correctivo, y que pudiese ser usado a tiempo y con ‘caritas pastoralis’, a fin de prevenir males mayores y de sanar las heridas causadas por la debilidad humana”.
Para Jorge Mario Bergoglio, “muchos han sido los daños que ocasionó en el pasado la falta de comprensión de la relación íntima que existe en la Iglesia entre el ejercicio de la caridad y la actuación de la disciplina sancionatoria, siempre que las circunstancias y la justicia lo requieran. Ese modo de pensar –la experiencia lo enseña– conlleva el riesgo de temporizar con comportamientos contrarios a la disciplina, para los cuales el remedio no puede venir únicamente de exhortaciones o sugerencias”.
“Hay que aplicar las penas”
Asimismo, añade: “Esta actitud lleva frecuentemente consigo el riesgo de que, con el transcurso del tiempo, tales modos de vida cristalicen haciendo más difícil la corrección y agravando en muchos casos el escándalo y la confusión entre los fieles. Por eso, por parte de los pastores y de los superiores, resulta necesaria la aplicación de las penas”.
Y es que, “la negligencia del pastor en el empleo del sistema penal muestra que no está cumpliendo recta y fielmente con su función, tal como hemos señalado claramente en documentos recientes, como las cartas apostólicas en forma de ‘motu proprio’ ‘Como una Madre amorosa’, 4 de junio de 2016, y ‘Vos estis lux mundi’, de 7 de mayo de 2019″.
Según expresa en ‘Pascite gregem dei’, “la caridad exige que los pastores recurran al sistema penal siempre que deban hacerlo, teniendo presentes los tres fines que lo hacen necesario en la sociedad eclesial, es decir, el restablecimiento de las exigencias de la justicia, la enmienda del reo y la reparación de los escándalos”.