La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado nulo el despido de la docente a la que no se le había renovado la ‘missio canonica’
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado nulo el despido de una profesora de Religión católica de un colegio de Tordesillas (Valladolid) a la que el Arzobispado de Valladolid le retiró la idoneidad (‘missio canonica’) al contraer un segundo matrimonio sin solicitar la nulidad eclesiástica del primero. La Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León deberá readmitirla y abonarle el salario desde el curso 2017/2018.
Esta profesora era docente de Religión desde el curso escolar 2001/2002 en un colegio de Tordesillas (Valladolid) y sin obtener la nulidad canónica de su primer matrimonio, contrajo un segundo matrimonio civil. Tras divorciarse de su segundo marido, inició una relación de convivencia estable con otra pareja, que tenía tres hijos. Según recoge Europa Press, al presentar su situación a la Delegada de Enseñanza del Arzobispado de Valladolid, esta le sugirió la posibilidad de pedir la nulidad para regular su situación y contar con la preceptiva idoneidad que se requiere para impartir formación religiosa.
A no iniciar ningún proceso o cambio de situación, el Arzobispado le retiró en 2017 la ‘missio canonica’ y la Consejería le comunicó la extinción de su contrato. La sentencia destaca que el centro escolar no recibió ninguna queja de alumnos o padres en relación a la situación personal de la demandante; algo que sí afirma la delegada de enseñanza del Arzobispado. El Tribunal no considera suficientes los motivos del despido, aunque la sentencia incluye un voto particular del magistrado Juan Molins García-Atance en el que expresa su discrepancia con el criterio de la mayoría.