Francisco ha roto con una discriminación de siglos en el seno de la Iglesia. A través de un rescripto en vigor desde hoy que fue aprobado el 11 de febrero, el Papa da vía libre a que los religiosos que no hayan sido ordenados sacerdotes puedan dirigir sus congregaciones.
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Literalmente, la nueva reforma papal que consta de cuatro artículos explica que la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica podrá reconocer a un “superior mayor” -provincial- o a un “asociado no sacerdote”, al frente de un instituto religioso clerical o de una sociedad de vida apostólica de derecho pontificio.
Facultad de autorizar
En el documento, otorga al departamento vaticano pilotado por el cardenal brasileño João Braz de Aviz la “facultad de autorizar, discrecionalmente y en casos individuales” esta posibilidad, “sin perjuicio” del canon 134.1 del Derecho Canónico, que establece quienes pude ser elegidos para esta responsabilidad.
De hecho, se especifica que será la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica, quien “se reserva el derecho de evaluar el caso individual y las razones aducidas por el moderador supremo o el capítulo general”.