El próximo 9 de noviembre, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debatirá un proyecto de sentencia respecto a un amparo en revisión, de Yucatán, que consiste en una queja de un ciudadano que se sintió ofendido y discriminado por el ayuntamiento de Chocholá, porque el gobierno municipal colocó un nacimiento, ‘belén’ pesebre, en su edificio durante la época navideña.
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Para la arquidiócesis de México, esta discusión es trascendente para todo el país, porque estaría asentando un precedente judicial sobre la libertad religiosa en México, en sentido negativo. Y es que, el proyecto de sentencia resuelve que el amparo es procedente y por lo tanto el ayuntamiento de Chocholá debe abstenerse de volver a colocar en espacios públicos signos que hagan alusión a una convicción religiosa; abstenerse de usar recursos públicos para la colocación de símbolos religiosos, y reparar el daño, que en este caso consiste en promover la pluralidad ideológica en el municipio.
Esto es lo que en las próximas semanas el máximo órgano de justicia del país estará analizando.
Las consecuencias
Según la arquidiócesis de México, que dirige el cardenal Carlos Aguiar Retes, de aprobarse el proyecto de sentencia, el ayuntamiento de Chocholá ya no podría colocar el acostumbrado nacimiento navideño, tampoco podría adornar las calles del municipio (al ser espacios públicos) con motivo religioso alguno, ya sea Navidad, Día de muertos o Semana Santa, pues todos son símbolos religiosos.
Además de ello –señala– queda la duda de qué pasará con los cuadros o motivos religiosos que hasta la fecha pueden colocar empleados del ayuntamiento en sus lugares de trabajo, por convicción personal.
En este sentido, advierte que siendo la primera en su tipo en México, podría repetirse, convirtiéndose en un precedente en la justicia mexicana, y “veríamos entonces que cualquier ciudadano que se sienta agraviado por los adornos tradicionales y culturales en México, termine retirándolos y prohibiéndolos por orden judicial en cualquier ciudad o población del país”.
Favorecer la laicidad positiva
La arquidiócesis lamentó que si bien el proyecto de sentencia dice que esta resolución se fundamente en la laicidad que debe ser respetada por los gobiernos de México, la interpretación que está haciendo este proyecto de sentencia sobre la laicidad, trata sobre una ‘laicidad negativa’, es decir, evitar que las religiones sean asunto público, reservarlas a lo privado, y por lo tanto, prohibir cada vez más la manifestación pública de la fe.
En cambio –explica– una ‘laicidad positiva’ protege la libertad de fe de los ciudadanos, los gobiernos, sin tomar partido por alguna profesión de fe en especial, respetan y promueven la pluralidad, reconociendo las festividades diversas que puedan tener sus ciudadanos.
Puso como ejemplo que existen diversos casos en nuestro país en los cuales los gobiernos municipales o estatales felicitan a sus ciudadanos, dependiendo de la composición social de sus demarcaciones; a los cristianos en las festividades cristianas, a los judíos en las propias, a los musulmanes igualmente, y para ello pueden colocar anuncios con la felicitación, adornos en las calles para alguna festividad especial, etc.
“Esto con la finalidad de participar del ambiente festivo de los ciudadanos, sin imponer a alguien la obligación de creer en la festividad específica, pues la facultad de creer, viene de los más íntimo de la persona, no puede ser impuesto por los símbolos ni las fiestas.
Un cristiano convencido no se convencerá de cambiar de fe por ver una figura de Buda en algún lugar público, así como un budista no se convencerá de cambiar de fe por ver una Cruz en una plaza. Y en cambio, permitir la convivencia de esa pluralidad de creencias de manera pública, nos ayudará como sociedad a ser tolerantes y respetuosos, que tanta falta nos hace para madurar socialmente”.