España

Cáritas celebra que el Congreso apruebe la primera Ley de Vivienda, pero pide que llegue “de verdad” a “los descartados”

El anteproyecto ha sido mejorado y el proyecto de ley incluye las definiciones de vivienda social de emergencia o de sinhogarismo de la entidad eclesial





Tras aprobarse hace unos minutos en el Congreso de los Diputados el proyecto de ley de la que será la primera Ley de Vivienda de la democracia, Cáritas Española “acoge con satisfacción” la luz verde recibida para la que será una norma que regule “a nivel estatal” este “derecho humano” en España.



Como destaca en un comunicado la entidad eclesial, “supone una gran noticia la aprobación del texto”, que queda “pendiente ahora de su tramitación en el Senado” y que “ya en su primer borrador destacaba en su exposición de motivos la prioridad y urgencia de las personas y familias vulneradas para las políticas públicas de vivienda”.

Alud de propuestas

Cáritas explica que “ha venido trabajando, tanto a título particular como dentro de las diversas plataformas y redes estatales de la que es miembro, en un arduo y largo camino de propuestas para que este proceso legislativo se fuera abriendo paso entre los distintos grupos parlamentarios para llegar a un acuerdo final donde la garantía de disfrutar de un hogar para las personas y familias en exclusión social y vulnerabilidad que acompañamos pudiera encontrar un claro reflejo y desarrollo”.

Fruto de ese conocimiento, la ONG católica advierte de que, pese a lo positivo, “cabe señalar que el proyecto de ley es todavía insuficiente, sobre todo cuando queda pendiente conocer cuál va a ser la implicación de las fuerzas políticas en su ulterior desarrollo reglamentario y territorial, que será, sin duda, muy complejo”.

Como señala en la nota Sonia Olea Ferreras, experta de Cáritas en temas de vivienda, “a partir de ahora, tenemos delante un marco legal con definiciones y fundamentos muy positivos para articular una posible política de vivienda pública que incorpore, de verdad, a los últimos y descartados de la sociedad”. Con todo, existe “el peligro de que este avance legislativo se quede solo en principios y objetivos sin cumplir para la realidad diaria de cientos de miles de personas y familias que sufren el dolor espantoso de afrontar la pérdida de su hogar, de no tenerlo o de verse forzados a elegir entre costearlo, alimentarse o encender la luz”.

Una visión más integral

Con todo, Cáritas muestra su satisfacción por el hecho de que el proyecto de ley que finalmente se ha llevado a las Cortes haya incluido, en el artículo 3, en su letra f), “de forma casi idéntica”, su fórmula de vivienda social de emergencia, que reza así: “Podrá tener la consideración de vivienda social de emergencia aquella vivienda social que esté destinada a atender situaciones de emergencia, ofreciendo solución habitacional a corto plazo y de forma temporal, con carácter universal y hasta que se provea de una vivienda alternativa permanente, a personas y familias en situación de pérdida o imposibilidad para acceder a una vivienda adecuada, independientemente de las condiciones documentales y administrativas de las personas afectadas”.

También se celebra el hecho de que se haya incluido su “definición de la situación de sinhogarismo”, que en el anteproyecto era muy restrictiva y se remitía únicamente a las personas que viven en la calle. Cuando en Cáritas es una reclamación histórica su visión “integral”, defendiendo que alguien “sin hogar” también son las personas que viven “en asentamientos urbanos y rurales, en barrios vulnerables e infraviviendas, en chabolas construidas con materiales de desecho o que están a punto de ser desahuciadas de sus hogares”.

En cuanto a los déficits de la ley, Cáritas observa el punto referido a “los desalojos forzosos sin alojamiento alternativo”. Así, si bien se “valora positivamente que se hayan hecho algunas mejoras respecto al juicio de proporcionalidad a realizar por nuestra judicatura, estas resultan insuficientes”, pues, tal y como recoge la normativa internacional, “no impide que se pueda desalojar a personas vulnerables mientras no haya un alojamiento alternativo”.

De titularidad pública

Otro punto en el que no se ha avanzado lo suficiente es el relativo a “la titularidad pública permanente de la vivienda social”, que debía “corregir la grave crisis de exclusión residencial que vivimos desde 2008”. Sin embargo, “Cáritas considera que el texto aprobado por el Congreso no ha conseguido profundizar, como propusimos en febrero de 2022, en el desarrollo de las herramientas jurídicas con el objetivo de la recuperación y promoción de vivienda de protección oficial de titularidad pública permanente y siempre de alquiler (considerándola como equipamiento público y reservando, para ello, importantes porcentajes de suelo con uso dotacional)”.

A esto habría que añadir “la inclusión en estos parques de vivienda de escalas suficientes de vivienda social para personas y familias vulnerables; es decir, sin ingresos estables o con ingresos inferiores al mínimo establecido”.

Haciendo balance, la entidad eclesial recuerda que “no tener un hogar es mucho más que estar sin techo”, siendo este “uno de nuestros lemas de la Campaña Nadie Sin Hogar”, que promueven desde hace tres décadas. Así, “la Ley por el Derecho a la Vivienda es, sin duda, un paso cualificado hacia ese logro, pero también menos seguro, profundo y potente del que esperábamos, en especial a la hora de proteger los derechos de las personas más vulnerables”.

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Etiquetas: Cáritasvivienda
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Alicia Ruiz López de Soria, ODN







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