Doctrina de la Fe ha procedido al archivo del proceso canónico abierto tras la denuncia del sacerdote diocesano de Salamanca Poli Díaz a otro cura por abusos sexuales cuando era seminarista. La razón que se esgrime es que los hechos denunciados “no han configurado técnicamente un tipo delictivo de la competencia del Dicasterio”, debido a que por tales hechos “no se ha configurado el tipo penal vigente” en la normativa canónica, según informa hoy la Diócesis de Salamanca en un comunicado con la resolución vaticana.
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“La Diócesis ha puesto en conocimiento a ambas partes el comunicado de esta resolución, para que puedan seguir defendiendo sus intereses y promover las acciones que consideren oportunas. Tras esta resolución, la Diócesis muestra su disposición a recorrer juntos el camino de restauración espiritual, moral y psicológica”, agregan en el mismo comunicado.
Del mismo modo, sostienen que, “una vez más, y con profunda tristeza, la Diócesis de Salamanca manifiesta su firme condena contra cualquier tipo de abuso sexual de menores o de cualquier persona que se encuentre en una situación de vulnerabilidad. A la vez que expresa su compromiso de seguir avanzando para generar una cultura del cuidado y del respeto frente a todo tipo de abusos”.
El argumentario vaticano
Pero, ¿qué habría llevado archivar el caso del sacerdote salmantino? Al parecer, el Vaticano habría aplicado el Código de Derecho Canónico de 1983, el vigente cuando se produjeron los hechos denunciados. Esa normativa establecía la mayoría de edad en los 16 años, justo los que tenía Díaz cuando se habrían cometido los actos que describe, por lo que no se consideraría “técnicamente” abuso: no sería ‘delicta graviora’ ni estaría reservado a Doctrina de la Fe ni se podría levantar la prescripción. Así lo explica a ‘Vida Nueva’, el sacerdote Luis Alfonso Zamorano, misionero de la Fraternidad Verbum Dei, especialista en acompañar a víctimas que ha seguido el caso de cerca.
Zamorano aclara que para el departamento de la Santa Sede, “como mucho, lo que allí pasó fue simplemente que el otro sacerdote faltó a sus obligaciones especiales respecto al celibato”. “Aquel adolescente de 16 años ya era considerado por la legislación vigente entonces un mayor de edad”, subraya el religioso. Por el contrario, “si los abusos hubieran sucedido después del 2001, entonces, sí estaríamos ‘técnicamente’ ante un ‘delicta graviora’, pues en ese año se promulgó un ‘motu proprio’ que elevó de los 16 a los 18 años la mayoría de edad”.
Acoso previo
A juicio del sacerdote, Doctrina de la Fe se habría centrado en vincular edad y abuso sexual, obviando el abuso de poder y de conciencia que se habría dado antes de los 16 años: “No se ha considerado que el abuso sexual no se inicia con los primeros tocamientos físicos, sino mucho antes, con la dinámica de selección, acoso, aislamiento y transgresión, casi imperceptible para la víctima, de los límites”. Zamorano denuncia que “previamente existe todo un ‘proceso de vampirización’, o como se llama hoy, de ‘grooming’”, que se situaría entre los 14 y los 15 años cuando sí sería considerado el denunciante menor de edad a ojos de la ley de 1983.
“¿Significa esto que la denuncia de Poli no es cierta? ¿Significan que los abusos fueron mentira o una invención de Poli?”, se pregunta Zamorano, que ofrece una respuesta inmediata: “¡De ningún modo! Los abusos existieron y se extendieron por casi 10 años”. El sacerdote no duda en calificar como “interpretación rígida” del derecho este archivo del caso.
Proceso abierto
Cabe recordar que el 18 de agosto, ‘La Gaceta de Salamanca’ publicó la historia. Horas después, la Diócesis de Salamanca confirmaba por medio de un comunicado el proceso canónico abierto. De hecho, una vez que comenzó a tramitarse el caso, se comunicó que Díaz, que actualmente reside en León, se retiraba de sus tareas por motivo de salud.
En el texto diocesano se detallaba además que el obispo, José Luis Retana, escuchó “por separado” a denunciante y denunciado y, a partir de ahí, optó por “apartar a este presbítero de todas sus tareas pastorales y del contacto con menores”.
Además, de común acuerdo con el obispo, el victimario “comenzó un proceso de acompañamiento en un centro especializado de ayuda para sacerdotes”. Según apuntan fuentes cercanas al caso a ‘Vida Nueva’, el presunto abusador se habría desplazado hasta la Residencia Mosén Sol, en Castellón, de la Hermandad de Sacerdotes Operarios Diocesanos.
El victimario pidió la secularización
Desde el Obispado también aclaraban que, si bien se trata de un delito prescrito por lo civil, en el ámbito eclesiástico el obispo sí ha podido poner en marcha “el protocolo establecido por la Santa Sede y la Conferencia Episcopal para estos casos, escuchando al denunciante”. A partir de ahí, en los meses siguientes, la nota oficial apuntaba que “se inició una investigación previa por un equipo técnico ajeno a la Diócesis de Salamanca”. El informe final fue remitido al Dicasterio para la Doctrina de la Fe que el 2 de diciembre envió la resolución que se ha conocido hoy.
En paralelo a todo el proceso, el sacerdote denunciado solicitó su dimisión del estado clerical y recientemente, tal y como asegura el obispado, ha sido aprobado por parte de la Santa Sede. O lo que es lo mismo, se ha secularizado. Fuentes cercanas al caso cuestionan si esta decisión podría funcionar como una estrategia para intentar eludir algún tipo de sanción. Es decir, siempre respetando la presunción de inocencia, el acusado pide dejar el sacerdocio adelantándose a una posible pena, que podría ser precisamente quedar apartado completamente del ministerio.
Un día después de desatarse la tormenta en Salamanca, el obispo daba un paso al frente dirigiéndose a los feligreses de la diócesis: “Pedimos perdón si no hemos sabido hacerlo bien”. Así, la noche del miércoles 30 de agosto, el que fuera vicario de pastoral y coordinador sinodal acudió a su parroquia de La Purísima para compartir, en el transcurso de una vigilia de oración, el particular viacrucis que ha sufrido en estas últimas décadas.