El papa Francisco ha dado hoy vía libre a la posibilidad de bendecir “a parejas en situaciones irregulares y a parejas del mismo sexo”. Esto es, a uniones gais, divorciados vueltos a casar, y parejas solteras que no se han dado todavía el sí quiero en el altar. Eso sí, con todas las cautelas: “No debe encontrar ninguna fijación ritual por parte de las autoridades eclesiásticas, para no producir confusión con la bendición propia del sacramento del matrimonio”.
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“No se pretende legitimar nada, sino solo abrir la propia vida a Dios, pedir su ayuda para vivir mejor e invocar también al Espíritu Santo para que se vivan con mayor fidelidad los valores del Evangelio”, se explicita para no dejar margen de dudas.
El Pontífice argentino da un paso al frente a través de un documento magisterial denominado ‘Fiducia supplicans’, sobre el sentido pastoral de las bendiciones. Con este texto firmado por el prefecto para la Doctrina de la Fe, el cardenal Víctor Manuel Fernández y su secretario, el arzobispo Armando Matteo, se fundamenta y desarrolla la respuesta que se ofreció al respecto a los cardenales ‘dubia’ antes de que arrancara la I Asamblea del Sínodo de la Sinodalidad y que trascendió a comienzos de octubre.
De hecho, el nuevo documento papal parece llevar el sello dl equipo del prefecto para la Doctrina de la Fe. “Es esta una bendición que, aunque no se incluya en un rito litúrgico une la oración de intercesión a la invocación de ayuda de Dios de aquellos que se dirigen humildemente a Él”, detalla el texto, que subraya además cómo “al fin y al cabo, la bendición ofrece a las personas un medio para acrecentar su confianza en Dios”.
“¡Dios no aleja nunca al que se acerca a Él!”
El principal argumento para respaldar las bendiciones gais radica en que “no solo tiene un valor ascendente, sino que es también la invocación de una bendición descendente del mismo Dios sobre aquellos que, reconociéndose desamparados y necesitados de su ayuda, no pretenden la legitimidad de su propio ‘status’, sino que ruegan que todo lo que hay de verdadero, bueno y humanamente válido en sus vidas y relaciones, sea investido, santificado y elevado por la presencia del Espíritu Santo”.
Así, se detalla cómo “estas formas de bendición expresan una súplica a Dios para que conceda aquellas ayudas que provienen de los impulsos de su Espíritu” con el fin de que “las relaciones humanas puedan madurar y crecer en la fidelidad al mensaje del Evangelio, liberarse de sus imperfecciones y fragilidades y expresarse en la dimensión siempre más grande del amor divino”.
“¡Dios no aleja nunca al que se acerca a Él!”, se enfatiza en la Declaración, que recuerda cómo “la petición de una bendición expresa y alimenta la apertura a la trascendencia, la piedad y la cercanía a Dios en mil circunstancias concretas de la vida, y esto no es poca cosa en el mundo en el que vivimos”. “Es una semilla del Espíritu Santo que hay que cuidar, no obstaculizar”, se apostilla justo después.
Ni sancionar ni legitimar
Incluso se recuerda a los sacerdotes cómo “cuantas veces, de hecho, a través de una simple bendición del pastor, que en este gesto no pretende sancionar ni legitimar nada, las personas pueden experimentar la cercanía del Padre que desborda ‘los méritos y deseos’”.
Desde ahí, se expone cómo “la sensibilidad pastoral de los ministros ordenados debería educarse, también, para realizar espontáneamente bendiciones que no se encuentran en el Bendicional”. En esta misma línea, se insiste en que “estas bendiciones no ritualizadas no dejen de ser un simple gesto que proporciona un medio eficaz para hacer crecer la confianza en Dios en las personas que la piden, evitando que se conviertan en un acto litúrgico o semi-litúrgico, semejante a un sacramento”.
“Esto constituiría un grave empobrecimiento”, se remarca, en tanto que “sometería un gesto de gran valor en la piedad popular a un control excesivo, que privaría a los ministros de libertad y espontaneidad en el acompañamiento de la vida de las personas”.
“No se debe ni promover ni prever un ritual para las bendiciones de parejas en una situación irregular, pero no se debe tampoco impedir o prohibir la cercanía de la Iglesia a cada situación en la que se pida la ayuda de Dios a través de una simple bendición”, se sentencia sin margen de dudas.
¿Cómo procede un párroco?
Pero, ¿cómo procede entonces un párroco ante una pareja que le pide su bendición? Para aterrizarlo en lo concreto, Doctrina de la Fe aclara que “en la oración breve que puede preceder esta bendición espontánea, el ministro ordenado podría pedir para ellos la paz, la salud, un espíritu de paciencia, diálogo y ayuda mutuos, pero también la luz y la fuerza de Dios para poder cumplir plenamente su voluntad”.
En esta guía práctica que ofrecen Fernández y Matteo, se plantea que, “precisamente para evitar cualquier forma de confusión o de escándalo, cuando la oración de bendición la solicite una pareja en situación irregular, aunque se confiera al margen de los ritos previstos por los libros litúrgicos, esta bendición nunca se realizará al mismo tiempo que los ritos civiles de unión, ni tampoco en conexión con ellos”.
“Ni siquiera con las vestimentas, gestos o palabras propias de un matrimonio”, se explicita, con un añadido en este procedimiento: “Esto mismo se aplica cuando la bendición es solicitada por una pareja del mismo sexo”.
¿En qué espacio se realizará?
No se le escapa a Doctrina de la Fe ningún detalle, ni tan siquiera la referencia a los espacios dónde se realizan: “Tal bendición puede encontrar su lugar en otros contextos, como la visita a un santuario, el encuentro con un sacerdote, la oración recitada en un grupo o durante una peregrinación”.
Una y otra vez, la Declaración insiste en que “se imparten no a través de las formas rituales propias de la liturgia, sino como expresión del corazón materno de la Iglesia, análogas a las que emanan del fondo de las entrañas de la piedad popular”.
En cualquier caso, el documento busca “orientar el discernimiento prudente y paterno de los ministros ordenados a este respecto” y se subraya que desde el Vaticano ya “no cabe esperar otras respuestas sobre cómo regular los detalles o los aspectos prácticos relativos a este tipo de bendiciones”.