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Según comentaron, el DNU es una disposición unilateral que no se condice con el sistema republicano de la división de poderes, y el Poder Ejecutivo Nacional intenta modificar el sistema legal instaurado constitucionalmente.
Concretamente, señalaron que mediante este decreto se deroga la Ley de Tierras N° 26.737 que pone límites a la titularidad y posesión de privados extranjeros. “Esto está profundamente relacionado con la problemática territorial de los Pueblos Indígenas, ya que propicia y acentúa el avasallamiento de sus derechos adquiridos”, sostuvieron.
Agregaron que la falta de utilización del sistema democrático, por el cual se eligió a los legisladores para construir, modificar o derogar las leyes, termina infringiendo la norma mayor que es nuestra Constitución Nacional.
Tensión angustiante
Aseguraron que los pueblos indígenas han mostrado su inquietud y han luchado –y lo siguen haciendo– por la defensa de los bienes naturales frente al extractivismo. Es claro que la derogación de esta ley regulatoria promueve la venta de territorios a extranjeros y, con ello, la vulneración de los derechos territoriales de las comunidades.
Recordaron el caso de unas tierras del Lago Escondido, en la provincia de Río Negro, que fueron vendidas a un extranjero, y en consecuencia se privatizó el ingreso a una espacio natural que es de todos.
Los miembros de ENDEPA afirmaron que el riesgo de la extranjerización sin límites, más aún cuando todavía no finalizó el relevamiento territorial estipulado por la Ley 26160, produce una tensión angustiante en los Pueblos Indígenas.
“El presidente no puede asumir facultades legislativas ni vulnerar el orden constitucional. Las normas legales merecen la discusión necesaria para ser aprobadas como tales”, aseveraron. Expresaron que en el sistema nacional, las leyes resumen la soberanía del pueblo que se traduce en la elección de sus representantes para discutirlas y crearlas a través de los legisladores. “El decreto de necesidad y urgencia termina siendo inconstitucional”, precisaron.
En consecuencia, el organismo de la Conferencia Episcopal Argentina pidió la promoción del diálogo institucional, para que la libertad puedan tener una verdadera expresión en el respeto de nuestro sistema legal y el cumplimiento del artículo 75, inciso 17 de la Constitución Nacional, el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas y de los Estados Americanos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.