La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha anunciado hoy, martes, que se ha alcanzado un acuerdo entre Sumar y el PSOE para derogar la denominada ‘ley mordaza’. Y, entre los puntos que se pretenden eliminar, figura acabar con el delito de atentar contra los sentimientos religiosos.
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El acuerdo se ha alcanzado después de tres semanas de negociaciones en las que han participado por parte del ala socialista la vicepresidenta y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, y el ministro de Justicia, Félix Bolaños. Por parte de Sumar han estado presentes el diputado Enrique Santiago y el ministro de Cultura, Ernest Urtasun.
Pero, ¿qué pretende hacer exactamente el Gobierno? Tal como ha explicado Yolanda Díaz, el artículo concreto que se pretende cambiar es el 525 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, es decir:
“Artículo 525
1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.
2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna”.
Según el diputado Enrique Santiago (Sumar), con esta reforma del Código Penal se pretende “proteger la libertad de expresión” que fue “cercada por el PP” con la creación de la ‘ley mordaza’. Por ello, se buscarán apoyos para “suprimir el delito contra los sentimientos religiosos o de escarnio público” incluido “en el artículo 525”.
Ejemplo de ello, ha subrayado Santiago, son “los denominados ‘Abogados cristianos’“, quienes “presentan querellas contra cualquier escritor, periodista o trabajador de la cultura que critique el catolicismo”, como ha sido el sonado caso de Willy Toledo, quien insultó a la Virgen y a Dios y fue condenado por ello.
No se tocará toda la normativa
Sin embargo, el Gobierno nada ha dicho de modificar los artículos 522, 523 y 524. Y es que el artículo 522 establece una multa de cuatro a diez meses el impedir –o forzar–, “por medio de violencia, intimidación, fuerza o cualquier otro apremio ilegítimo”, a un miembro de cualquier confesión religiosa practicar o asistir a los actos públicos de la misma.
Asimismo, el artículo 523 penaliza el hecho de impedir, por medio de “violencia, amenaza, tumulto o vías de hecho”, que se lleven a cabo ceremonias o manifestaciones de las confesiones religiosas inscritas en el correspondiente registro público del Ministerio de Justicia e Interior. “El hecho será castigado con la pena de prisión de seis meses a seis años, si el hecho se ha cometido en lugar destinado al culto, y con la de multa de cuatro a diez meses si se realiza en cualquier otro lugar”, dicta la normativa.
Por último, el artículo 524 castiga con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses que en cualquier templo o lugar destinado al culto se ejecuten “actos de profanación en ofensa de los sentimientos religiosos”.
El fin de la ‘ley mordaza’
El contenido íntegro del acuerdo aún se desconoce, pero, tal como ha apuntado Díaz ante los medios de comunicación, no solo versará acerca de los sentimientos religiosos, sino que hará modificaciones en torno a los “delitos vinculados a las injurias, a las libertades públicas o las injurias al Rey”.
“Ya les anuncio que acabamos en estas horas de cerrar un acuerdo con el Partido Socialista en el que la petición de Sumar para la derogación de la ley mordaza se consuma”, ha dicho la vicepresidenta del Gobierno ante los medios. “La ley mordaza va a ser derogada. Acabamos de cerrarlo con el Partido Socialista”, ha insistido.
La regeneración democrática empieza con la derogación de la Ley Mordaza. pic.twitter.com/EW8vrTXQuI
— Yolanda Díaz (@Yolanda_Diaz_) July 16, 2024