Vaticano

La sentencia del ‘caso Becciu’ determina que “los acusados tuvieron un juicio justo con todas las garantías”

El Vaticano ha depositado el documento de más de 700 páginas en el que el tribunal expone los motivos de la decisión hecha pública en diciembre de 2023





Una investigación compleja que ha dado lugar a un juicio no menos complicado (con un total de 86 audiencias) y a una sentencia igualmente compleja –presentada el martes 29 de octubre– que confirma las decisiones del Tribunal presidido por Giuseppe Pignatone, que en diciembre de 2023 condenó a casi todos los acusados del ‘caso Becciu‘.



Tal como subraya Vatican News, el cardenal Giovanni Angelo Becciu y Raffaele Mincione habían sido declarados culpables de malversación de fondos; Enrico Craso por el delito de autoblanqueo; Gianluigi Torzi y Nicola Squillace por estafa agravada y Torzi también por extorsión en connivencia con Fabrizio Tirabassi, el propio Tirabassi por autoblanqueo. Becciu y Cecilia Marogna fueron declarados culpables de fraude con agravantes.

Ahora, el Vaticano ha depositado el documento –de más de 700 páginas– en el que el tribunal expone los motivos de la decisión hecha pública en diciembre de 2023, en la que explica que los acusados “tuvieron un juicio justo con todas las garantías”.

Juicio del caso Becciu

Otras líneas de investigación

Así, la sentencia destaca, en primer lugar, las numerosas innovaciones legislativas introducidas en la legislación vaticana desde 2010 para adaptarse “a los modelos internacionales y a las mejores prácticas”, dirigidas a una mayor transparencia interna, para evitar que “se cometan impunemente delitos” por parte de quienes operan en el Estado y en la Santa Sede.

A continuación, el Tribunal responde punto por punto a las acusaciones de violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos, explicando que “el ordenamiento jurídico vaticano reconoce el principio del debido proceso, el principio de presunción de inocencia y el derecho de defensa, que de hecho están expresamente previstos por la normativa vigente”.

El Tribunal, reza la sentencia, “en la convicción de que el contrainterrogatorio entre las partes es el mejor método para alcanzar la verdad procesal y también, en la medida de lo posible, para tratar de acercarse a la verdad sin adjetivos, ha tratado siempre, aprovechando los espacios que el marco legal vigente deja al intérprete, de adoptar interpretaciones y prácticas operativas que garantizaran la eficacia del contrainterrogatorio, asegurando el más amplio espacio a las partes, y en particular a la Defensa”.

También demuestra la legitimidad de la decisión del Promotor de Justicia de no depositar todos los mensajes de whatsapp a su disposición por estar relacionados con otras hipótesis delictivas y otras líneas de investigación.

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