La futurible salida de las ocho monjas cismáticas que aún permanecen en el convento de Belorado está un poco más cerca. Así se deduce del comunicado facilitado esta tarde por la Archidiócesis de Burgos, en el que se anuncia que ha sido admitida la demanda de desahucio contra las ex monjas de Belorado.
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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Briviesca dictó este miércoles 6 de noviembre el decreto de admisión de la demanda de desahucio “en precario”, tal y como señala la nota de prensa facilitada por el equipo del arzobispo Mario Iceta. El desahucio de las que coloquialmente se podrían considerar como ex monjas “okupas” no solo afectaría al grupo liderado por la abadesa defenestrada, sor Isabel de la Trinidad.
¿A quién le afecta?
El Arzobispado de Burgos aclara que también deberán abandonar las instalaciones “quienes permanecen en el monasterio sin título legal ni autorización” a los que se consideran “ignorados ocupantes”. Entre ellos, se encontrarían los mentores espirituales de las clarisas excomulgadas. Actualmente, según expuso el equipo de comunicación de las ex monjas, se encontraría el falso obispo brasileño Rodrigo Ribeiro da Silva, que “no está en el monasterio sino en las dependencias externas a la clausura”. Es más, incluso se encomienda a la Guardia Civil que identifique a las personas que ocupan el inmueble, además de las propias exmonjas.
Desde la Archidiócesis de Burgos, se explica que el decreto “no afecta a las cinco monjas mayores que constituyen propiamente la comunidad monástica de Belorado y residen legalmente en el monasterio”.
Próximos pasos
Además, se detalla que las ex monjas contarían con un plazo de diez días para contestar la demanda. De la misma manera, se contempla la posibilidad de celebrar una vista el 19 de diciembre de 2024, y se señala “el 23 de enero de 2025 para la práctica del lanzamiento, en el caso de no comparecer el demandado en legal forma”. En otras palabras, el lanzamiento es el acto por el cual dos miembros del juzgado, acompañados por un cerrajero y el procurador del arrendador, proceden al desalojo del inmueble.