“El Documento final participa del Magisterio ordinario del Sucesor de Pedro y como tal pido que sea aceptado”. En estos términos, el papa Francisco ha legitimado hoy cada uno de los puntos aprobados en la síntesis que recoge el trabajo del Sínodo de la Sinodalidad.
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Su decisión de no publicar una exhortación postsinodal y su respaldo verbal en la clausura de la asamblea al texto, llevó a dar por hecho que este documento votado y respaldado por las madres y los padres sinodales se convertía de alguna manera en esa ‘exhortación’ papal. Francisco ratifica esa teoría, al asegurar que “representa una forma de ejercer la auténtica enseñanza del Obispo de Roma que tiene algunos rasgos nuevos”.
Procesos de discernimiento
Con este punto de partida, Jorge Mario Bergoglio remarca que “las Iglesias locales y las agrupaciones de Iglesias están llamadas ahora a poner en práctica, en los diversos contextos, las indicaciones autorizadas contenidas en el Documento, a través de los procesos de discernimiento y decisión previstos por la ley y por el Documento mismo”.
El Sucesor de Pedro recuerda que “al aprobar el Documento el pasado 26 de octubre, dije que “no es estrictamente normativo” y que “su aplicación necesitará diversas mediaciones”. “Esto no significa que no comprometa a las Iglesias a partir de ahora a tomar decisiones coherentes con lo que en ellas se indica”, señala justo después. En cualquier caso, aclara que “la conclusión de la XVI Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos no pone fin al proceso sinodal”.
Soluciones inculturadas
De la misma manera, echa mano de su exhortación ‘Amoris Laetitia’ para recordar que “es necesaria una unidad de doctrina y de praxis en la Iglesia, pero esto no impide que existan modos diferentes de interpretar algunos aspectos de la doctrina o algunas de las consecuencias que de ella se derivan”. “En cada país o región se pueden buscar soluciones más inculturadas, atentas a las tradiciones y desafíos locales”, deja caer Jorge Mario Bergoglio.
“En muchos casos, se trata de aplicar efectivamente lo que ya está previsto en la legislación vigente, latina y oriental”, explica. A la vez, contempla que “otros casos, se podrá proceder “a la activación creativa de nuevas formas de ministerio y acción misionera, experimentando y verificando experiencias”.