Las ex monjas de Belorado contratacan a su desahucio con una tienda de chocolates (y otro comunicado)

Los abogados de las ex clarisas han reaccionado a la decisión de la Justicia de no detener el desahucio del convento

Monjas de Belorado en el obrador

El desahucio del monasterio de Belorado sigue adelante. Y es que, tal como se conocía hoy, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N.º 1 de Briviesca ha desestimado la solicitud de suspensión del desahucio del Monasterio de Belorado, presentada por las exreligiosas que ocupaban el inmueble. Sin embargo, las ex religiosas no se detienen y abrirán una tienda de chocolates en su ‘restaurante de clausura’.



Y es que la conocida como sor Sion ha explicado al periodista Francisco Canals que el objetivo es que, cuando la gente termine de comer en el futuro restaurante, puedan comprar no solo chocolate elaborado por ellas, sino también otros productos asturianos.

Comunicado de los abogados

Además, ante la situación en la que actualmente se encuentran, así como la decisión judicial, los abogados de las ex monjas clarisas de los monasterios de Belorado y Derio han publicado un comunicado en el que han recordado que esta desestimación del proceso de desahucio no tiene que tomarse como un adelanto de “cuál será la decisión final acerca de las demandas interpuestas”. “Cabría la posibilidad de una acumulación o la suspensión por ser vulnerables las demandadas, decisiones que hasta el momento nadie ha solicitado”, señalan.

Además, recuerdan que “el arzobispo de Burgos y Comisario Pontificio pretende que el Juzgado se declare incompetente para juzgar acerca de las diez peticiones contenidas en la demanda formulada por las comunidades monásticas”. “El Juzgado se considera competente para conocer de todas, salvo de una: la declaración de ineficacia en el Derecho español del nombramiento de Comisario Pontificio. Que lo tribunales españoles no puedan determinar los efectos en España con arreglo a las leyes españolas en un proceso que se sigue en España entre españoles de un acto procedente de una entidad extranjera, pública o privada, que carece de inmunidad diplomática, es cuando menos sorprendente”, subrayan.

Por último, los abogados Florentino Aláez Serrano y Enrique García de Viedma Serrano apuntan que la nota de prensa hecha pública ayer por el Comisario Pontificio, con respecto a la separación de las comunidades monásticas de la Iglesia, afirma que “no existe el pretendido derecho de separación como comunidad, sino que debe ejercerse a título personal e individual”. Sin embargo, tal como recuerdan los letrados, “si las personas jurídicas (de base asociativa) gozan de libertad religiosa y si esta comprende necesariamente la facultad de separarse de la confesión, no puede menos de concluirse que las personas jurídicas tienen derecho a separarse de la iglesia a la que pertenecen”.

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