La Prelatura del Opus Dei en España ha rebatido la decisión del obispo de Barbastro-Monzón, Ángel Pérez Pueyo, de nombrar de un nuevo rector para el Santuario de Torreciudad, ubicado en la diócesis aragonesa. Según había informado el Obispado oscense, la decisión de designar al sacerdote diocesano José Mairal estaría motivada por “no recibir una terna” solicitada a la Obra.
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“La prelatura del Opus Dei entiende que no corresponde al obispo llevar a cabo este nombramiento al tratarse de un templo de la Prelatura”. Con esta contundencia, se expresan desde la realidad eclesial fundada por san Josemaría Escrivá de Balaguer. En la nota emitida en la tarde del 18 de julio, se explica que “hemos recibido con sorpresa la noticia de que el señor obispo de Barbastro-Monzón ha decidido unilateralmente proveer el nombramiento de un rector del Santuario de Torreciudad”.
Con este escenario, la prelatura del Opus Dei expone que “estudiará este asunto con detenimiento y espíritu de comunión eclesial”. “Nuestra voluntad es la de seguir colaborando con la Diócesis”, apuntan.
¿Quién manda en el santuario?
Pero, ¿quién tiene la potestad de nombrar al rector de un santuario? Desde la Obra, detallan que, “según el derecho canónico el templo -que se construyó en los años 70 con donativos promovidos por fieles del Opus Dei, cooperadores y muchas otras personas de Aragón y del mundo entero- tiene la condición jurídica de oratorio de la Prelatura, y fue erigido en su día, como todos los oratorios de los centros del Opus Dei, con la venia del Rvmo. Sr. Obispo de la diócesis”. Así, explicitan incluso que “la propiedad del templo es de la Fundación canónica Nuestra Señora de los Ángeles de Torreciudad”.
A partir de ahí, en el comunicado se echa mano de los estatutos actuales de Torreciudad, que datan de 1980, para defender que “el nombramiento del rector y la designación de los sacerdotes que se ocupan de la atención pastoral corresponde al Vicario Regional de la Prelatura”. “Así se ha venido procediendo desde 1975”, apostilla el documento.
Este argumentario choca con el planteado por el Obispado de Barbastro-Monzón que esta mañana remarcó, remitiéndose al Código de Derecho Canónico, que, “según el canon 557, corresponde al obispo diocesano el nombramiento del rector y de los sacerdotes dedicados a una iglesia o un santuario, lo mismo que los sacerdotes de los institutos religiosos que sirven a las parroquias”.
Trabajo conjunto
Con estos elementos sobre la mesa, la Prelatura expone también en su comunicado que “hace más de un año, se dirigió al obispo de la diócesis, con el fin de iniciar un trabajo conjunto -que no ha concluido- para preparar unos nuevos estatutos, con objeto de erigir Torreciudad como santuario diocesano y establecer un convenio de atención pastoral con la diócesis, análogo a los convenios que la prelatura del Opus Dei mantiene para la atención pastoral de numerosas parroquias e iglesias en España y en otros países”.
Así, plantean que “ese trabajo conjunto, aunque desarrollado en un clima de mutua colaboración, no ha estado exento de dificultades de comprensión y de interpretación por parte de la diócesis”.