– Soy un sacerdote de nacionalidad camerunesa que reside en Yaundé y debo acudir a las reuniones congregacionales que mi institución organiza en Madrid en octubre. ¿He de solicitar un visado? ¿Qué documentos debo presentar con la solicitud?
– Debe solicitar un visado de estancia de corta duración, que son aquellos que pueden ser expedidos para una estancia de tres meses como máximo.
Los visados de estancia de corta duración pueden ser de dos tipos:
1) visado uniforme: aquel que es válido para transitar por el espacio Schengen durante un período no superior al tiempo necesario para realizar dicho tránsito o para la estancia en dicho espacio Schengen hasta un máximo de 90 días por semestre.
2) visado de validez territorial limitada: aquel que es válido para el tránsito o la estancia en el territorio de uno o más estados que integran el espacio Schengen, pero no para todos ellos. La duración total del tránsito o de la estancia no podrá exceder los 90 días por semestre.
Para poder solicitar este visado, debe acreditar que cumple con las siguientes condiciones de entrada: poseer un documento válido que le permite el cruce de la frontera; indicar el objeto y condiciones de la estancia prevista; y disponer de medios adecuados de subsistencia, tanto para el período de la estancia previsto como para el regreso al país de origen o el tránsito hacia un tercer Estado en el que su admisión esté garantizada, o estar en condiciones de obtener legalmente dichos medios y no estar incluido en la lista de no admisibles.
La solicitud debe presentarse ante la Embajada de España en el país, en este caso en Yaundé, acompañando a la misma la siguiente documentación:
• Documento acreditativo de su condición de religioso.
• Pasaporte en vigor.
• Certificado expedido por el secretario general de su Congregación en el que conste de forma expresa el motivo de la solicitud de visado, haciendo constar, igualmente, que todas las responsabilidades económicas de manutención, seguros de enfermedad y de viajes, gastos que pudieran ocasionarse en caso de ser necesaria su repatriación, etc., serán siempre asumidos por la Congregación.
• Certificado emitido por el arzobispo de Yaundé acreditativo de que usted es religioso, miembro de la Congregación a la que pertenece, enumerando además las funciones que ejerce.
• Certificado emitido por el subdirector general de Relaciones con las Confesiones del Ministerio de Justicia, que acredite que la Congregación a la que pertenece se encuentra inscrita en el Registro de Entidades Religiosas y que usted ostenta actualmente la condición de sacerdote-religioso profeso, que las actividades que va a desarrollar en España son estrictamente religiosas y que la Congregación se hará cargo de los gastos ocasionados por la manutención y alojamiento, así como de cumplir con la normativa sobre Seguridad Social.
• Carta remitida por la Nunciatura Apostólica de Camerún a la Embajada recomendando su visado para viajar a España por motivos religiosos en la fecha indicada, haciendo constar que tanto la asistencia médica como el alojamiento que pudiera necesitar durante su estancia en Madrid serían proporcionados por su Congregación.
• Billetes de avión de ida y vuelta con fechas cerradas.
• Póliza de seguro de viaje acreditativa de que la Congregación ha contratado una póliza con una compañía de seguros privada para asegurarle a usted durante su estancia en España.
La cifra
1.780.795 es el número de visados que las oficinas consulares han tramitado en el último año; es un incremento del 3,5% con respecto al año anterior.
Puede enviar sus preguntas a: asesorlegal@vidanueva.es