“¡Dejemos libres a los fieles!”… así lo ha expresado ‘Tucho’, Víctor Manuel Fernández, el cardenal prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, al comentar las ‘Normas para proceder en el discernimiento de presuntos fenómenos sobrenaturales’, publicadas este viernes 17 de mayo.
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Y reconforta tal declaración porque confirma el talante que Francisco de Roma quiere darle a lo que se conoció como el Santo Oficio y, todavía peor, la Inquisición, hasta que Paulo VI la convirtió en la Congregación para la Doctrina de la Fe.
Siempre esta institución se concibió a sí misma -y su actuación lo confirmaba- como un organismo frenador de exploraciones teológicas fronterizas, un ente fiscalizador y hasta perseguidor de pensadores demasiado atrevidos. Los teólogos latinoamericanos de la liberación son un vivo ejemplo de este hostigamiento. Ahora ya no.
En efecto. La dupla argentina Bergoglio-Fernández ha pretendido, y logrado, que el renovado Dicasterio en vez de frenar, busque, y si no acelerar -por ejemplo, la investigación teológica en torno a temas difíciles-, al menos evitar un férreo control sobre la libertad de pensamiento, de conciencia y de expresión al interior de la Iglesia Católica.
Así, las referidas Normas presentan orientaciones generales y procedimientos a seguir por parte del Dicasterio, en torno a temas como apariciones o fenómenos inexplicables, a los que no calificará como sobrenaturales -ni un obispo diocesano, ni las conferencias episcopales-, proclamación que sólo podrá hacer el Papa. Todavía más, si en una iglesia local se declara autorizada una aparición, por ejemplo, de la Virgen, los fieles no están obligados a creer en ella.
Estas indicaciones buscan evitar “engaños, luchas de poder, cismas o escándalos relacionados con hechos supuestamente sobrenaturales”, y por ello propone seis posibles decisiones prudenciales: 1) nada obsta (Nihil obstat); 2) confusión y riesgo (Prae oculis habeatur); 3) elementos críticos significativos (Curatur); 4) se expresan dudas sobre las personas que hacen un uso indebido del fenómeno (Sub mandato); 5) críticas y riesgos graves (Prohibetur et obstruatur); y 6) declaración de no sobrenaturalidad (Declaratio de non supranaturalitate).
Más allá de estas precisiones terminológicas, necesarias en el ámbito jurídico-canónico, lo importante es lo declarado por el ‘Tucho’ Fernández al presentar las Normas: “dejemos libres a los fieles”. Bienvenida esta exhortación a la libertad.
Pro-vocación
Y este pasado miércoles se celebró el Día de las Encíclicas Sociales. Hace 133 años León XIII publicó la Rerum Novarum, y con ella se abrió un espacio que la Iglesia Católica ha defendido a partir de ese momento: su derecho y deber para pronunciarse en materia económica y política. Desde entonces, ha mantenido un doble principio: continuidad, de criterios y valores no negociables, y adaptación, a las circunstancias que diferentes lugares y tiempos plantean.