Permiso retribuido: ¿cuándo puede faltar el trabajador y seguir cobrando?


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– Un profesor de nuestro colegio se ausenta de manera reiterada para acudir al médico, presentando, solo a veces, el justificante, pero nunca el parte de incapacidad temporal. ¿Se considera permiso retribuido?

– El Estatuto de los Trabajadores establece las circunstancias previstas para la concesión de permisos retribuidos, y la asistencia a la consulta médica no viene contemplada. Así, la ausencia para asistir a consulta médica únicamente puede considerarse permiso retribuido cuando exista acuerdo o cuando en el convenio colectivo de aplicación se indique expresamente que esa circunstancia se considera permiso con carácter retribuido.

Con carácter introductorio, conviene conocer lo que se entiende por permiso retribuido. Podemos definirlo como las autorizaciones para faltar al trabajo, durante el tiempo y por los motivos que se prevén en la normativa aplicable, con derecho a remuneración. Se originan cuando se produce un suceso determinado que imposibilita asistir al trabajo y, por tanto, están ligados al momento en que se produce este hecho, coincida o no con la jornada de trabajo.

Aun existiendo motivos legales que justifican la ausencia al trabajo, quien desee utilizar un permiso retribuido deberá cumplir los requisitos de previo aviso y justificación. Con respecto al preaviso, es imprescindible, puesto que es necesario para reajustar la organización del trabajo. Sin embargo, no se establece legalmente un plazo para hacerlo, pues varía según las circunstancias y eventualidades.

En relación a la justificación, se trata de una obligación ineludible por parte del trabajador. Si bien el empleado tiene derecho a la protección de su intimidad, no queda eximido de la obligación de probar la existencia de la causa que justifique la petición del permiso retribuido.

Un aula de un colegio semi vacía

Las circunstancias previstas actualmente en el Estatuto de los Trabajadores para la concesión de permisos retribuidos son:

Matrimonio

Accidente, enfermedad grave, hospitalización o fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad

Intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario

Realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto

• Nacimiento de hijo

Dichas situaciones vienen reguladas con carácter de mínimos, pudiendo, a través del contrato individual o convenio colectivo de aplicación, añadir otros motivos o exigir determinados requisitos para su disfrute.

Que un trabajador se ausente de su puesto de trabajo y posteriormente no lo justifique es objeto de sanción por parte de la empresa y, adicionalmente, se le puede descontar al trabajador el salario en proporción a esas horas de ausencia.

El absentismo con motivo de acudir a una consulta médica es un tema siempre controvertido, pues tal supuesto no está previsto de forma expresa en la norma estatutaria como permiso retribuido.

En el caso de que el convenio colectivo aplicable no estableciese la asistencia a la consulta médica como permiso retribuido, la empresa estaría facultada para descontar del recibo de salario mensual las horas que se ha ausentado de su puesto; y si además el trabajador no presentara el debido justificante médico acreditativo de dicha ausencia, conllevaría la adopción de medidas disciplinarias correspondientes.

La cifra

4,88% fue la tasa de absentismo laboral en España en el año 2016.

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