El 6 de marzo de 2019, el P. Hans Zollner, SJ, miembro de la Pontificia Comisión para la Protección de Menores y Director del ‘Centre for Child Protection’ de la Universidad Gregoriana (Roma), pronunció una conferencia en la Universidad Pontificia Comillas en la que afirmó que “es sorprendente descubrir que hay muchos obispos, muchos, ¡pero muchos! que no saben derecho canónico, y no saben cómo conducir una investigación previa. ¡No lo saben! No saben las obligaciones de la misma Santa Sede. Disculpen, ¿en qué organización los líderes no conocen el estatuto de la misma organización?”.
Esto es una realidad, incontestable, que nos ha tocado vivir. Después de muchos años de consultas y trabajos llega la próxima reforma del Libro VI del Código de Derecho Canónico de la Iglesia latina, que lleva por título De las sanciones en la Iglesia.
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Es una buena noticia el anuncio de una reforma tan esperada. El Derecho, y esto vale también para el Derecho canónico, tiene la misión de responder a las demandas de la comunidad a la cual sirve, es decir, de servir al propósito de ordenar las relaciones entre sus miembros conforme a equidad y justicia y resolver los conflictos.
Es verdad que el Derecho va siempre un paso por detrás de la realidad, pero es tarea de los responsables de la comunidad no permitir que ese desfase se agrande de modo que pueda producir daño en la comunidad. Y esto, lamentablemente, ha ocurrido dentro de la Iglesia.
En el ámbito jurídico civil se escuchan, de vez en cuando, encendidas quejas por la incontinencia legislativa de nuestras cámaras (Cortes generales, parlamentos autonómicos, Parlamento Europeo…); en la Iglesia católica, por el contrario, durante mucho tiempo, se ha tenido casi como timbre de honor la permanencia de las normas de nuestro cuerpo de leyes fundamental, el Código de Derecho Canónico.
Este cumplió el pasado 23 de enero 37 años y solo muy recientemente se ha ido abriendo paso la práctica de llevar a cabo reformas parciales del texto legislativo. ¡Y a fe que son necesarias!
La culminación de los trabajos para la reforma parcial del Código en su disciplina penal es una reforma largamente esperada y absolutamente necesaria. Todos somos conscientes de la grave y dolorosa realidad de los abusos sexuales, de conciencia y de poder, sufridos por menores y personas vulnerables en la Iglesia, especialmente los llevados a cabo por clérigos.
Es una herida, dolorosa, sangrante, en el seno de nuestra Iglesia, y de nuestra sociedad, a la que no hemos sabido dar la respuesta adecuada, y esto es un mea culpa que todos, como comunidad, debemos entonar, pero de una manera especial nuestros obispos y superiores mayores.
Desconocimiento jurídico
El P. Zollner, en el texto con el que comenzaba esta reflexión, pone de manifiesto el desconocimiento de nuestros líderes de las normas de nuestro Derecho. Desconocimiento lleva a falta de aplicación. Una mentalidad de rechazo a lo jurídico dentro de la Iglesia, nefasta por sus consecuencias –como todos hemos podido comprobar, y en el caso de las víctimas, sufrir– llevó al desconocimiento de las normas y esto a la no aplicación.
Las consecuencias son patentes: cuando se ignora deliberada o culpablemente el Derecho siempre acaban sufriendo primera y principalmente los mismos: los más débiles, los más vulnerables. La anomia no es camino de libertad, es camino de arbitrariedad y de abuso, de desprotección a los más débiles. El Derecho, y también el Derecho canónico, es un instrumento para la protección de la comunidad: protección de la verdad de sus instituciones y protección de sus miembros más débiles.