Tribuna

Sobre el secreto de confesión

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El reciente informe sobre el abuso sexual en la Iglesia en Francia generó una pregunta que ya se había planteado después de la publicación de informes similares en Australia, Irlanda, los Estados Unidos y otros lugares: ¿Debería ser obligatorio que un sacerdote que se entera de abusos sexuales cometidos contra un menor en confesión lo denuncie a las autoridades seculares?



Si bien la Iglesia Católica no espera que sus leyes se sitúen por encima de las leyes estatales, los intentos de eliminar el secreto de confesión plantean preguntas fundamentales sobre la libertad de religión y conciencia. Tampoco hay pruebas convincentes que demuestren que el abuso se evitaría retirando el secreto de confesión.

El arzobispo Éric de Moulins-Beaufort, presidente de la Conferencia Episcopal Francesa, después de la publicación del informe francés, aseguró: “Es necesario reconciliar la naturaleza de la confesión con la necesidad de proteger a los niños”.

Sigilo sacramental inviolable

Esto no es fácil cuando el debate tiene una significativa carga emocional y cuando hay mucho malentendido de la naturaleza del sacramento de la confesión en la Iglesia Católica. El canon 983 §1 del Código de Derecho Canónico da una definición del secreto de confesión más directa imposible: “El sigilo sacramental es inviolable; por lo cual está terminantemente prohibido al confesor descubrir al penitente, de palabra o de cualquier otro modo, y por ningún motivo”. Un sacerdote no puede romper el secreto para salvar su propia vida, para proteger su buen nombre, para salvar la vida de otro, o para ayudar al curso de la justicia. Los sacerdotes que violan el secreto de confesión son automáticamente excomulgados.

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El secreto absoluto de confesión explica por qué las personas se sienten libres de decir cosas en confesión que no dirían en ningún otro lugar. Algunos ven su insistencia en la inviolabilidad del secreto como una confirmación de que la Iglesia no pone la seguridad y el bienestar de sus hijos en primer lugar. En ocasiones se da por hecho que los autores de un abuso sexual pueden revelar el abuso en la confesión, recibir la absolución y luego continuar abusando sin afrontar ninguna consecuencia.

En relación al debate

Es cierto que algunas víctimas de abuso han sido presionadas y/o abusadas en el contexto del sacramento de la confesión, un delito grave (un crimen) en el Derecho Canónico. Es cierto, también, que a lo largo de los siglos los sacerdotes han sido torturados y martirizados porque se negaron a aceptar las presiones de los regímenes brutales para revelar los secretos de la confesión.  La discusión sobre el secreto de confesión tiene una fortísima carga emocional por ambas partes, tanto más cuanto que se refiere a temas muy delicados como la vergüenza, la privacidad y la responsabilidad personal.

Tal vez ayudaría si hiciéramos algunas distinciones y aclaraciones. Primero, aquellos que hablan de abuso en la confesión podrían ser abusadores, o víctimas de abuso, o personas que saben sobre el abuso cometido por otros; y en cada uno de estos tres casos, el abuso podría haber ocurrido hace años, o décadas, o continuar todavía. Hay algunas ideas profundamente arraigadas sobre la confesión que simplemente no son ciertas. Con la excepción de los capellanes de la prisión, es muy poco probable que los sacerdotes escuchen una confesión de un autor de abuso sexual a niños. Solo un sacerdote me ha dicho que había escuchado la confesión de un abusador, y eso fue en una única ocasión. Parece cundir la idea de que los católicos se confiesan a menudo.

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La realidad es que, incluso en las ciudades, hoy en día puede resultar difícil encontrar un lugar donde se garantice que un católico pueda confesarse. Además, mucha gente no sabe que el sacerdote generalmente no conoce a la persona que atiende en el confesionario y no puede obligarle a revelar su identidad. Es precisamente porque el anonimato está garantizado para las personas que se confiesan. Si se le quitara eso, muy pocas personas continuarían yendo, y menos un abusador arriesgándose a ser arrestado. En el caso de que un penitente venga a confesarse a una persona que lo conoce, por casualidad o por elección, sería aún más probable que no confesara su abuso en absoluto, o que disfrazara su crimen detrás de expresiones deliberadamente veladas.

Contextos diversos

Aquellos que quieren abolir el secreto de confesión en el caso del abuso de niños o de otro delito grave, argumentan que debería ser obligatorio que un sacerdote que tenga conocimiento de abuso lo denuncie, al igual que debería ser para los médicos o psicoterapeutas u otros profesionales. Las leyes actuales sobre la denuncia obligatoria de abuso varían mucho de un país a otro e, incluso dentro de los estados de un país, a menudo dejando cierto margen para la discreción sobre en qué circunstancias y a quién debe informar la persona que se entera del abuso.

Una víctima de abuso sexual clerical, ya como adulto, me hizo saber que en ocasiones se pasa por alto que muchas víctimas se sienten culpables y les resulta extremadamente difícil hablar por primera vez sobre las atrocidades. Estaba preocupada porque, si no se está absolutamente segura de que lo que dices en la confesión no permanecerá como confidencial, uno de los pocos espacios seguros donde es posible comenzar a hablar sobre una experiencia de abuso podría desaparecer.

Negar la absolución

La absolución -el perdón de los pecados– está ligada al cumplimiento de las condiciones para que una confesión sea válida: contrición sincera, confesión clara y propósito de enmienda. La absolución no se puede dar si existen dudas sobre cualquiera de ellos. En otras palabras, en el caso de alguien que confiese un abuso, a menos que muestre signos de arrepentimiento sincero y una voluntad de compensar el daño causado, el confesor debe negarle la absolución.

Sin embargo, según la enseñanza de la Iglesia, el secreto no se puede romper cuando un sacerdote se entera de abuso u otro delito grave en la confesión, incluso si estas condiciones no se cumplen y no pueden dar la absolución. Es por eso por lo que, por ejemplo, a un rector de un seminario no se le permite escuchar la confesión de un seminarista, por lo que puede hablar libremente en las deliberaciones sobre si dicho candidato debe ser propuesto para la ordenación y no se ve comprometido por las obligaciones que conlleva el secreto.

Mientras que según el derecho canónico la absolución no puede estar sujeta a una condición como denunciar un crimen a la policía, el confesor debe hacer todo lo que esté a su alcance para convencer a un abusador para que asuma la responsabilidad de lo que ha hecho. Esto incluye tratar de encontrarse con él fuera del confesionario, donde el sacerdote puede invitar al perpetrador a hablar nuevamente sobre el crimen cometido e instarlo a entregarse a la justicia. Del mismo modo, si una víctima llega a la confesión, el confesor puede ofrecer reunirse fuera del confesionario o mostrar la disponibilidad del apoyo y la orientación complementaria de terapeutas y abogados.

Más y mejores explicaciones

Si la Iglesia no explica mejor por qué el secreto de confesión no protege a los abusadores u otros criminales graves de la justicia, y por qué el secreto de confesión puede ayudar a salvaguardar a los niños y adultos vulnerables, los legisladores estatales pueden llegar a apuntar a la inviolabilidad del secreto de confesión.

Sugiero que, si la Iglesia hiciera más para ayudar a los confesores a ser oyentes empáticos, así como intérpretes cualificados en relación con la enseñanza moral de la Iglesia, dejaría más claro que el sacramento de la reconciliación puede ser un instrumento en la lucha contra el abuso y conducir a una mayor confianza en los confesores, en el proceso y en la comprensión del propio sacramento de la reconciliación.

Una nueva instrucción

Sugiero que la Santa Sede valore emitir una nueva instrucción para los confesores. Reiteraría las obligaciones de respetar las leyes para denunciar los abusos fuera del confesionario y también reafirmaría el secreto de confesión.

Un punto crucial es la responsabilidad personal del confesor. Esto incluye pedir a un abusador que detenga el abuso, que se denuncie a sí mismo ante las autoridades legales y que busque ayuda terapéutica, y que la absolución por el pecado de abuso no se puede dar a menos que no solo se haya demostrado una contrición sincera, sino que se haya demostrado la voluntad de compensar el daño causado. La instrucción también dejaría en claro que en el caso de que una víctima hable sobre abusos sufridos, el confesor deba escuchar con empatía y respeto. El sacerdote puede entonces ofrecerse a reunirse fuera del espacio confesional y animarlo a ponerse en contacto con terapeutas y abogados. Se debe proporcionar un acompañamiento adecuado a muchas víctimas que hablan sobre el abuso por primera vez, en tanto que se sienten bastante incómodas al relatar el abuso nuevamente, particularmente si se abre el área de procedimientos legales.

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La misma instrucción debe definir (1) a quién pueden recurrir los confesores para la aclaración y orientación sobre este asunto y que deben informarse a quién podrían remitir a las víctimas y otras personas necesitadas; (2) qué procedimientos debe seguir un confesor cuando una persona -abusador o víctima-, acepte reunirse fuera de la confesión para dar más explicaciones; y (3) qué capacitación en la formación inicial y permanente de los confesores es necesaria, así como el apoyo y acompañamiento de los confesores para que puedan lidiar con los principios morales y legales que a veces están en contradicción.

Tensión Iglesia-Estado

El trasfondo del debate sobre el secreto de confesión es la relación entre el Estado y la Iglesia Católica y otras instituciones religiosas en un estado laico y liberal. Debido al flagelo de los abusos sexuales en el seno de la Iglesia y la creencia en Europa y América del Norte de que las Iglesias no han abordado adecuadamente el problema internamente, existe una creciente sensación de que el Estado debe intervenir. Esto ha creado una tensión Iglesia-Estado que requiere una navegación cuidadosa entre el respeto de las prerrogativas de la aplicación de la ley del Estado y la libertad religiosa. Una sana laicidad reconoce que existe la tentación de que los estados “se extralimiten” cuando se refiere a las comunidades religiosas, mientras que una Iglesia sana sabe cómo rendir al César lo que es del César.

El secreto de confesión crea un espacio sagrado en el que un penitente es completamente libre para poner ante Dios lo que esté en su conciencia y -cuando muestra contrición- encontrar el perdón, la reconciliación y la curación. Que el secreto de confesión haya sido en el pasado un pretexto para el abuso y otros crímenes no debe llevar a que se descarte lo que es un canal de gracia. Pero hay preguntas complejas a su alrededor que deben abordarse con sensibilidad y argumentos razonados y en el contexto de una relación Iglesia-Estado de confianza mutua. Puede ser hora de que la Iglesia emita instrucciones más claras en torno al ejercicio del sacramento de la reconciliación, para que sea mejor entendido por los penitentes, confesores y aquellos fuera de la Iglesia como un espacio de seguridad, de curación y de justicia.


*Hans Zollner, SJ, director del Instituto de Antropología. Estudios interdisciplinares sobre Protección y Dignidad Humana (IADC) de la Universidad Pontificia Gregoriana. Miembro de la Comisión Pontificia para la Protección de los Menores